Ordenanza
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Visto:
La Ordenanza Nº
5911/2024, sancionada por el Concejo Municipal el pasado 27 de diciembre, y;
Considerando
Que:
En
la normativa citada se dispuso, en carácter de excepción, no aplicar el monto
establecido para el corriente período fiscal 2025 del valor de la Unidad
Tributaria Municipal (Resolución DE Nº 020-24)
para la actualización de las cuotas a abonar por la adquisición de lotes por
parte de quienes resultaron adjudicatarios en el marco del programa municipal
denominado “Nuestro Terreno”, etapa IV, para el primer semestre del año.
En
razón de que la situación económica general imperante no ha sido
sustancialmente modificada, los motivos que originaron el dictado de dicha
disposición continúan subsistentes.
En
tal entendimiento, el Departamento Ejecutivo Municipal consideró apropiado
compartir los esfuerzos, estableciendo montos inferiores a los que resultarían
de la aplicación lisa y llana de la Resolución DE Nº 020/24 para el segundo
semestre del año en los supuestos en cuestión.
Asimismo,
y luego de mantener conversaciones con muchos de los adjudicatarios-compradores,
se estimó apropiado otorgarles la posibilidad de extender el plazo por un año
más, es decir, hasta sesenta cuotas.
Dada
la inminencia de la fecha y el período de receso invernal del órgano
deliberativo local, fue dictado el Decreto Nº 113/25, que se remite en este
acto para su ratificación por el Concejo Municipal.
Por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Ratifíquese el Decreto Nº 113/25, dictado por el Departamento Ejecutivo
Municipal en fecha 27 de junio del año en curso, cuya copia, en carácter de
Anexo, integra la presente ordenanza.
Art.2°.-Comuníquese,
publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintitrés días del
mes de julio del año dos mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3074-I-99 - 3967-I-03 - 811-C-93
- Derogada: NO
- Vetada: NO