Ordenanza
Starter Section
Visto:
La necesidad de
mejorar las condiciones de circulación vehicular y seguridad vial sobre calle
José Valdez en el tramo comprendido entre Avenida Doctor Luis Chapuis y Avenida
España de la ciudad de Venado Tuerto, y;
Considerando:
Es deber del Estado Municipal adoptar medidas de ordenamiento de la
circulación orientadas a preservar la seguridad de peatones y conductores,
optimizar la locomoción urbana y garantizar condiciones adecuadas de
transitabilidad.
La reorganización del estacionamiento constituye una herramienta válida y
necesaria de gestión del tránsito urbano, especialmente en arterias
estratégicas y de alta densidad vehicular.
La calle José Valdez constituye una arteria de importante circulación en el
entramado urbano de la ciudad, presentando un elevado flujo vehicular diario
tanto de tránsito liviano como de vehículos de mayor porte.
El tramo mencionado posee doble sentido de circulación habilitado,
circunstancia que incrementa significativamente la demanda operativa de la
calzada y requiere mayores condiciones de despeje para garantizar una
circulación segura y ordenada.
El ancho actual de la calzada resulta insuficiente para compatibilizar
adecuadamente la doble circulación vehicular con el estacionamiento permitido
sobre ambas manos, generándose maniobras riesgosas y dificultades para el cruce
simultáneo de automotores.
La permanencia de unidades estacionadas sobre la mano par de calle J.
Valdez reduce considerablemente la capacidad de circulación efectiva de la vía
pública, afectando la fluidez del tránsito y aumentando los riesgos de
siniestros viales.
Se estima que la presente medida permitirá mejorar las condiciones de
circulación, reducir puntos de conflicto vial y favorecer una mayor
previsibilidad en la movilidad urbana del sector.
Por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones,
sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Prohíbase el estacionamiento vehicular sobre la mano par de calle José
Valdez en el tramo comprendido entre Avenida Doctor Luis Chapuis y Avenida
España de la ciudad de Venado Tuerto.
Art.2°.- Dispóngase la colocación de la
señalización vertical y horizontal correspondiente, a efectos de informar
adecuadamente la prohibición establecida en la presente ordenanza, quedando el
Departamento Ejecutivo Municipal facultado para determinar los aspectos técnicos
necesarios para su implementación.
Art.3°.-El Departamento
Ejecutivo Municipal deberá implementar campañas informativas y de
concientización vial destinadas a vecinos y conductores respecto de las
modificaciones introducidas por la presente norma.
Art.4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diez días del mes de junio
del año dos mil veintiséis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO