Ordenanza
Starter Section
Visto:
La necesidad de garantizar la inclusión de las personas con
discapacidad y la elaminacion de barreras urbanas para la libre circulación, y;
Considerando:
Que numerosos vecinos y vecinas han
manifestado su preocupación por la falta de rampas de acceso y el mal estado de
veredas en diversas zonas de nuestra ciudad, entre ellas la intersección de las
calles Sarmiento y Juan B Justo.
Que dicha
esquina constituye un punto neurálgico de circulación peatonal por su cercanía
a institución de desarrollo humano.
Que la ausencia de rampas de acceso
en esta intersección obliga a las personas con movilidad reducida a circular
por la calzada vehicular, con todos los riesgos que esto implica para su
seguridad e integridad.
Que esta situación vulnera
ampliamente los derechos de las personas con discapacidad, al limitar y
dificultar su libre circulación y el disfrute del espacio público, derechos que
deben estar garantizados para todos los ciudadanos y ciudadanas de Venado
Tuerto.
Que como hemos expresado en
anteriores oportunidades, el desarrollo de una ciudad inclusiva se alcanza
mediante un diseño urbano accesible y equitativo.
Que la construcción de rampas de
acceso y la refacción de las veredas no solo beneficia a las personas con
discapacidad motriz, sino también a personas mayores, adultos con movilidad
reducida y quienes circulan con cochecitos de bebé.
Que el presente proyecto es de plena
viabilidad, no requiere erogaciones extraordinarias y este Concejo Municipal
tiene competencia para establecer normas que mejoren la accesibilidad urbana.
Que por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Dispóngase la refacción de la vereda
y la ejecución de rampas de acceso en la esquina comprendida por la
intersección de las calles Sarmiento y Juan b Justo.
Art.2°.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintidós días del
mes de abril del año dos mil veintiséis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3316-C-00
- Derogada: NO
- Vetada: NO