Ordenanza
Starter Section
Visto:
La solicitud presentada por la Asociación Padres TEA Venado Tuerto
solicitando la instalación de un reductor de velocidad y señalización vial
preventiva en inmediaciones de la Escuela Especial N° 2045 “Dr. Oscar Oñativia”, y;
Considerando:
Que dicho pedido fue realizado por
la Asociación Padres TEA Venado Tuerto, la cual surge como una iniciativa de
familias de nuestra ciudad que, atravesadas por la experiencia del autismo,
trabajan de manera organizada con el objetivo de acompañar, visibilizar y
generar acciones concretas que promuevan una sociedad más empática, informada e
inclusiva.
Que desde dicha Asociación impulsan
acciones vinculadas a la accesibilidad y la inclusión real en la vida cotidiana
en espacios públicos, la generación de entornos accesibles y la promoción de
prácticas que contemplen las necesidades de las personas con discapacidad.
Que, en inmediaciones de calle
Francia N° 1703 de nuestra ciudad se encuentra la Escuela Especial N° 2045 “Dr.
Oscar Oñativia”, lugar donde concurren diariamente niños, niñas y adolescentes
con discapacidad, como así también personal del establecimiento educativo. Es
una institución dedicada a la educación especial inclusiva y personalizada que
es destacada por su enfoque laboral y formativo, preparando a sus estudiantes
para la inserción activa en el ámbito laboral.
Que, la instalación de reductores de
velocidad constituye una medida concreta y eficaz para disminuir la circulación
vehicular en zonas sensibles, especialmente en entornos educativos,
contribuyendo a prevenir siniestros y a generar condiciones de mayor seguridad
para los peatones. Que además, resulta fundamental reforzar las condiciones de
accesibilidad y seguridad vial, garantizando entornos protegidos que favorezcan
la autonomía y el bienestar de los alumnos y equipo educativo.
Que resulta necesario atender las
solicitudes y reclamos de la comunidad venadense y evaluar, a través del área
de la Subsecretaria de Movilidad, la factibilidad de instalar dispositivos de
reducción de velocidad y reforzar la señalización vial preventiva en dicho
establecimiento educativo del barrio San José Obrero, con el objetivo de
resguardar la integridad de quienes transitan por el lugar y promover una
convivencia vial segura.
Que por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Dispóngase la colocación de un
reductor de velocidad en la calle Francia al 1700 (entre Agüero y Sáenz Peña)
de nuestra ciudad, lugar donde se encuentra la Escuela Especial N°2045 “Dr.
Oscar Oñativia”.
Art.2°.- Colóquese la señalética
correspondiente.
Art.3°.- Comuníquese,
publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintidós días del
mes de abril del año dos mil veintiséis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO