Ordenanza

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Visto:
La necesidad de mejorar las condiciones de seguridad vial en la calle Sáenz Peña, en el tramo comprendido entre Monteagudo y Lascala en el barrio Juan XXIII de nuestra ciudad, y;
Considerando Que:
La calle Sáenz Peña constituye una vía de circulación utilizada por vecinos del barrio Juan XXIII y sectores cercanos, funcionando como una arteria de conexión interna que registra tránsito vehicular durante distintos momentos del día.

Durante recorridas realizadas en el barrio y a partir del diálogo con los vecinos del sector, se ha manifestado de manera reiterada la preocupación por la velocidad con la que circulan algunos vehículos en el tramo comprendido entre Monteagudo y Lascala, generando situaciones de riesgo para quienes transitan por el lugar. La combinación de tránsito vehicular, circulación peatonal y la ausencia de medidas físicas que induzcan a reducir la velocidad puede provocar situaciones de peligro para peatones, ciclistas, motociclistas y automovilistas que utilizan diariamente esta vía.

La instalación de un reductor de velocidad constituye una medida preventiva eficaz para ordenar el flujo vehicular, promover una conducción más prudente y disminuir la velocidad de circulación, contribuyendo de esta manera a mejorar las condiciones de seguridad vial en el sector.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- Dispóngase la instalación de un reductor de velocidad sobre calle Sáenz Peña, en el tramo comprendido entre Monteagudo y Lascala en el barrio Juan XXIII de la ciudad de Venado Tuerto.
 
Art.2°.- Determínese la colocación de la señalización vertical y horizontal correspondiente, conforme a la normativa vigente en materia de seguridad vial, a fin de advertir la presencia del reductor de velocidad.
 
Art.3°.- El Departamento Ejecutivo Municipal determinará la ubicación técnica precisa del reductor de velocidad, de acuerdo con los estudios y criterios de seguridad vial que correspondan.
 
Art.4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil veintiséis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4136-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA