Ordenanza
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Visto:
La
Resolución DE-Nº 013/25, emitida conforme lo establecido en el Capítulo I de la
Ordenanza Nº 3943/2011, cuya última modificación fuera establecida por
Ordenanza Nº 5068/2018 con relación a la determinación del valor de la Unidad
Tributaria Municipal (UTM); las disposiciones de la Ordenanza Nº 6337/2025, y;
Considerando
Que:
En la primera de las normas se estableció el valor de la Unidad Tributaria
Municipal (UTM) para el corriente período fiscal 2026, basada en las variables
que dispone la normativa aplicable.
Si bien las variables
económicas que intervienen en el cálculo son aquellas más representativas en la
incidencia de los insumos municipales, en su oportunidad resultó conveniente
analizar la temporalidad de su aplicación en algunas situaciones particulares
que así lo requirieron, tales como la ejecución de obras públicas abonadas por
los contribuyentes con la modalidad de Contribución de Mejoras, así como los
beneficiarios de la red cloacal de los Barrios San Vicente y Malvinas
Argentinas que se encuentra en ejecución por parte del Gobierno de la provincia
de Santa Fe, que fuera declarada de interés público y pago obligatorio (Ord. Nº
5029/2025).
Dado que
subsisten los motivos que fundamentaron la excepción dispuesta por la Ordenanza
Nº 6037/2025 para el primer trimestre del presente año 2026, se estima adecuado
proponer la continuidad por los restantes meses del año en curso, con el fin de
que puedan generar una gestión adecuada de sus recursos.
Por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Exceptúese por todo el año 2026 (hasta el 31 de diciembre de 2026
inclusive) la aplicación de las disposiciones de la Resolución DE-013/25 a los
obligados al pago de los tributos que se detallan a continuación:
a)
contribución de mejoras por
pavimento de hormigón;
b)
contribución de mejoras por
cordón cuneta;
c)
contribución de mejoras red
cloacal domiciliaria Barrios Malvinas Argentinas y San Vicente (Ord. Nº
6028/2025).
Art.2°.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los quince días del mes
de abril del año dos mil veintiséis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3074-I-99
- Derogada: NO
- Vetada: NO