Ordenanza
Starter Section
Visto:
La necesidad de optimizar el tránsito y la circulación en nuestra
ciudad, priorizando la seguridad vial, el respeto a las normas y la integridad
física de los vecinos, y;
Considerando:
Que el
Municipio, como autoridad de aplicación de las normas contenidas en la Ley
Nacional de Tránsito N.º 24.449 —a la que la Provincia de Santa Fe adhirió mediante
la Ley Provincial N.º 11.583 y sus decretos reglamentarios—, tiene la
responsabilidad de establecer medidas que garanticen la seguridad vial y
prevengan accidents. Que la calle
Urquiza, en el tramo comprendido entre Güemes y Rodriguez Peña, correspondiente
al barrio Belgrano, presenta un incremento notable del flujo vehicular en los
últimos tiempos, incluyendo automóviles, motocicletas y transporte pesado,
muchas veces a velocidades superiores a las permitidas.
Que dicha
situación ha sido motivo de preocupación por parte de vecinos y vecinas,
quienes han elevado reclamos y solicitudes formales, manifestando que la
circulación a alta velocidad representa un riesgo constante para niños,
personas mayores, peatones y ciclistas del sector.
Que el entorno incluye instituciones
educativas, viviendas familiares y espacios de circulación frecuente, lo cual
exige una planificación adecuada y medidas de contención del tránsito para
evitar siniestros.
Que los reductores de velocidad,
correctamente señalizados y ubicados, constituyen una herramienta eficaz y
comprobada para disminuir la velocidad de circulación, mejorar la convivencia
vial y prevenir accidentes.
Que la planificación de la movilidad
urbana debe considerar no sólo los grandes ejes de circulación, sino también
los barrios que presentan cambios demográficos y urbanísticos que impactan en
su dinámica vehicular.
Que por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Dispóngase la ejecución de un
reductor de velocidad sobre calle Urquiza en el tramo comprendido entre las
calles Güemes y Rodriguez Peña del barrio Belgrano.
Art.2°.- Instrúyase al Departamento Ejecutivo
Municipal para que, a través del área correspondiente, realice los estudios
técnicos pertinentes para definir la ubicación exacta y características
constructivas de los reductores en función de la normativa vigente y el entorno
urbano.
Art.3°.- Colóquese la señalética correspondiente.
Art.4°.- Considérese la incorporación de
otras medidas complementarias de seguridad vial en el sector, tales como
controles de velocidad, campañas de concientización y demarcación horizontal.
Art.5°.- Comuníquese,
publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticuatro días del
mes de septiembre del año dos mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO