Ordenanza

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Visto:
La necesidad de optimizar el tránsito y la circulación en nuestra ciudad, priorizando la seguridad vial, el respeto a las normas y la integridad física de los vecinos, y;
Considerando:
Que el Municipio, como autoridad de aplicación de las normas contenidas en la Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449 —a la que la Provincia de Santa Fe adhirió mediante la Ley Provincial N.º 11.583 y sus decretos reglamentarios—, tiene la responsabilidad de establecer medidas que garanticen la seguridad vial y prevengan accidents. Que la calle Urquiza, en el tramo comprendido entre Güemes y Rodriguez Peña, correspondiente al barrio Belgrano, presenta un incremento notable del flujo vehicular en los últimos tiempos, incluyendo automóviles, motocicletas y transporte pesado, muchas veces a velocidades superiores a las permitidas.
Que dicha situación ha sido motivo de preocupación por parte de vecinos y vecinas, quienes han elevado reclamos y solicitudes formales, manifestando que la circulación a alta velocidad representa un riesgo constante para niños, personas mayores, peatones y ciclistas del sector.
Que el entorno incluye instituciones educativas, viviendas familiares y espacios de circulación frecuente, lo cual exige una planificación adecuada y medidas de contención del tránsito para evitar siniestros.
Que los reductores de velocidad, correctamente señalizados y ubicados, constituyen una herramienta eficaz y comprobada para disminuir la velocidad de circulación, mejorar la convivencia vial y prevenir accidentes.
Que la planificación de la movilidad urbana debe considerar no sólo los grandes ejes de circulación, sino también los barrios que presentan cambios demográficos y urbanísticos que impactan en su dinámica vehicular.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- Dispóngase la ejecución de un reductor de velocidad sobre calle Urquiza en el tramo comprendido entre las calles Güemes y Rodriguez Peña del barrio Belgrano.
 
Art.2°.- Instrúyase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área correspondiente, realice los estudios técnicos pertinentes para definir la ubicación exacta y características constructivas de los reductores en función de la normativa vigente y el entorno urbano.
 
Art.3°.-  Colóquese la señalética correspondiente.
 
Art.4°.- Considérese la incorporación de otras medidas complementarias de seguridad vial en el sector, tales como controles de velocidad, campañas de concientización y demarcación horizontal.
 
Art.5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4136-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA