Ordenanza

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Visto:
La necesidad de optimizar el tránsito y la circulación en nuestra ciudad, priorizando la seguridad vial, la fluidez en la circulación y la reducción de accidentes de tránsito; así como también el rol que posee el municipio como autoridad de aplicación y comprobación de las normas contenidas en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, a la cual la provincia de Santa Fe adhirió oportunamente por medio de la Ley Provincial Nº 11.583 y sus decretos reglamentarios, y;
Considerando:
Que en nuestra ciudad la circulación de vehículos es cada vez mayor, y en muchos casos circulan a una velocidad mayor de la permitida, aumentando las probabilidades de que se produzcan accidentes de tránsito.
Que la calle Cayetano Silva a su altura 250, entre calles Antártida Argentina y Derqui, es una vía en la que cada vez circulan más vehículos, y en donde el flujo se ha acelerado enormemente en los últimos meses, lo que incrementó la probabilidad de colisiones y siniestros, especialmente para peatones y ciclistas.
Que los vecinos del barrio han presentado reclamos y pedidos fundados, expresando su preocupación por la circulación a gran velocidad de autos, motos, camiones y colectivos por la calle mencionada, poniendo en riesgo a los vecinos que viven allí.
Que es deber fundamental del Estado tomar todas las medidas necesarias para garantizar un flujo seguro y ordenado del tránsito en nuestra ciudad, proponiendo políticas públicas de prevención de accidentes de tránsito.
Que resulta necesario continuar con la organización del tránsito vehicular a partir de nuevos criterios, acordes al crecimiento poblacional y comercial de la ciudad que alcanza a los diferentes barrios, a los efectos de mejorar la dinámica del tránsito y la seguridad vial en dicha zona.
Que se torna de suma necesidad la ejecución de un reductor de velocidad en la calle mencionada, ya que exceder los límites de velocidad no solo es ilegal, sino que también pone en riesgo la seguridad propia y la de los demás usuarios de la vía, con consecuencias que pueden ser devastadoras.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.-Dispóngase la ejecución de un reductor de velocidad en la calle Cayetano Silva al 250, entre calles Antártida Argentina y Derqui.
 
Art.2°.-Colóquese la señalética correspondiente.
 
Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los treinta días del mes de julio del año dos mil veinticinco.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4136-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA