Ordenanza
Starter Section
Visto:
La necesidad de
promover soluciones que mejoren la convivencia entre el tránsito urbano y la
actividad comercial de la ciudad, evitando los inconvenientes generados por las
tareas de carga y descarga en el establecimiento ubicado en calle Suipacha Nº
186 de la ciudad de Venado Tuerto, y;
Considerando:
Que se ha recibido una solicitud
formal por parte del comercio “Jez Rel Amoblamientos”, tendiente a la
demarcación de un espacio exclusivo de estacionamiento para tareas de carga y
descarga.
Que dicho pedido responde a la
frecuente concurrencia de clientes y proveedores durante el horario comercial,
quienes realizan operaciones de carga y descarga de amoblamientos e insumos de
gran volumen y peso, lo cual requiere de condiciones adecuadas para su
manipulación y traslado.
Que el frente del establecimiento,
sito en calle Suipacha Nº 186, cuenta con el espacio físico suficiente para la
delimitación del mencionado sector sin afectar la circulación habitual.
Que la implementación de un espacio
exclusivo para carga y descarga contribuiría al ordenamiento del tránsito en la
zona, previniendo situaciones de congestión y mejorando la seguridad tanto para
peatones como para conductores.
Que resulta necesario generar
acciones que equilibren el desarrollo de la actividad comercial con la dinámica
urbana, favoreciendo una convivencia armónica en la vía pública.
Que por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Dispóngase la demarcación de un
espacio exclusivo para el estacionamiento de vehículos afectados a tareas de
carga y descarga, frente al establecimiento comercial “Jez Rel Amoblamientos”,
sito en calle Suipacha Nº 186 de la ciudad de Venado Tuerto.
Art.2°.-El uso del espacio establecido en el artículo anterior
se regirá por las siguientes condiciones:
a) Días y horarios habilitados: de lunes a
viernes entre las 8:30 y las 17:00 horas, y los días sábados entre las 9:00 y
las 12:00 horas.
b) Tipo de
vehículos permitidos: automotores de categoría N1 (hasta 3.500 kg de peso
máximo) y N2 (más de 3.500 kg y hasta 12.000 kg de peso máximo).
c)
Ubicación: exclusivamente frente al inmueble ubicado en calle Suipacha Nº 186.
d)
Finalidad: uso exclusivo para vehículos que realicen tareas de carga y descarga
de mercaderías vinculadas a la actividad comercial del mencionado
establecimiento.
e)
Sanciones: el incumplimiento de las disposiciones establecidas será sancionado
conforme a lo previsto en el artículo 65, inciso 50, de la Ordenanza Nº 2725.
Art.3°.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá proceder a
la colocación de la señalética correspondiente, conforme a las normativas
vigentes de tránsito y seguridad vial.
Art.4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los treinta días del mes
de julio del año dos mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO