Ordenanza

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Visto:

  El Decreto Provincial Nº 1184/2020, dictado por el Poder Ejecutivo de la provincia de Santa Fe el 29 de octubre del año 2020, y;

 

Considerando Que:

En el mencionado instrumento se creó el “Plan Incluir”, destinado a la generación de obras de infraestructura estratégica, vinculadas a la mejora del hábitat, el equipamiento barrial, el saneamiento y el acceso a energía y agua seguras; como también a fortalecer las redes sociales del barrio impulsando la participación social y ciudadana en espacios barriales, donde autoridades locales y provinciales interactúen con las y los vecinos, a fin de priorizar en conjunto los problemas a resolver, abordando a las familias desde una perspectiva integral asegurando el acceso a derechos fundamentales.

Analizado el programa y la necesidad de mejorar la prestación de servicios a nuestro cargo, se tomó la decisión de adherir al “Plan Incluir”, con el objeto de realizar el proyecto denominado “Refacción, ampliación y remodelación del Centro de Salud Barrio Santa Rosa”, que consiste en la refacción y reparación de aquellas patologías constructivas que tiene el inmueble en la actualidad, tales como filtraciones de humedad en mamposterías y techos, humedad ascendente por capilaridad, instalación eléctrica deficiente, junto con la ampliación del mismo, con la construcción de un baño para el personal que desempeña sus tareas en el centro y un depósito para residuos patológicos. Asimismo, se proyecta la remodelación de la enfermería, la construcción de un baño para personas con movilidad reducida, farmacia, depósito para material de mantenimiento y limpieza y la reubicación de un consultorio.

El costo estimado es de $ 94.903.451,85 (pesos noventa y cuatro millones novecientos tres mil cuatrocientos cincuenta y uno con ochenta y cinco centavos), y se llevará a cabo bajo la modalidad de Licitación Pública.

El objetivo es mejorar la infraestructura edilicia del efector municipal de salud ubicado en el Barrio Santa Rosa, área en la que habitan 1.500 personas que se verán beneficiadas en forma directa, dado que se mejorarán las condiciones de espera y atención sanitaria, así como las condiciones de trabajo del personal médico, de enfermería, administrativo y de mantenimiento que diariamente prestan sus servicios en ese centro.

Las obras que se ejecutarán con fondos provenientes del “Plan Incluir” no serán susceptibles de recupero bajo el régimen de contribución de mejoras.

Para obtener los beneficios que implementa el mencionado Decreto, se requiere la adhesión por parte de este Municipio; asimismo, corresponde autorizar al Intendente a presentar ante el Poder Ejecutivo Provincial los proyectos, programas u obras a ser financiados total o parcialmente con los recursos del Plan, pudiendo a tales fines suscribir los convenios que fuere menester.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Adhiérase la Municipalidad de Venado Tuerto en todos sus términos al “Plan Incluir”, aprobado por Decreto Nº 1184/2020 dictado por el Poder Ejecutivo de la provincia de Santa Fe el 29/10/2020.

 

Art.2°.-Autorícese al Intendente Municipal a presentar ante el Poder Ejecutivo Provincial los proyectos, programas u obras a ser financiados total o parcialmente con los recursos del Plan.

 

Art.3°.- Autorícese al Intendente Municipal a suscribir los convenios que fuere menester y demás documentación que resulte necesaria para implementar el programa y de llevar adelante los trámites para la aprobación del mismo.

 

Art.4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 3750-C-02 - 3336-C-00

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA