Ordenanza

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Visto:

      La conveniencia de llevar a cabo la obra de pavimentación en la calle Obispo F. A. Rossi a la altura del 0/100, entre Rivadavia y Juan Bautista Alberdi de nuestra ciudad, y;

 

Considerando Que:

En el citado sector los vecinos del barrio en el que está ubicada esta calle vienen solicitando el avance de la obra de pavimento que a ritmo histórico se viene desarrollando en la ciudad; en este caso, en esta cuadra se emplaza el Hogar Pablo VI, de 98,00 metros de frente, motivo por el cual no se logra acordar respecto del Registro de Aceptación de Obra.

 No es necesario recordar las innumerables ventajas que genera a los vecinos frentistas en particular, y a toda la ciudad en general, en el sentido de que se mejorará notoriamente la conectividad y transitabilidad de la zona, amén de que se eliminarán las molestias e inconvenientes que provocan las calles de tierra a los habitantes.

 Es por todo ello que se considera imperioso llevar a cabo la ejecución de la obra en tratamiento y a dichos fines declarar la misma de interés público y pago obligatorio.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.-Declárese de interés público y pago obligatorio la obra de pavimento de calle Obispo Fortunato Antonio Rossi a la altura del 0/100, entre Rivadavia y Juan Bautista Alberdi de la ciudad de Venado Tuerto.

 

Art.2°.-Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4492-C-10

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA