Ordenanza

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Visto:

El ingreso del exp. Nº 217.899/2022, tramitado ante la Dirección de Obras Privadas del Municipio para modificación de estado parcelario por los señores Juan Carlos y María del Carmen Rionda, quienes en calidad de propietarios de un inmueble ubicado en el Distrito de Venado Tuerto; solicitan subdividir el mismo, del cual se origina una fracción de terreno destinada a ensanche de Av. Dr. Esteban Maradona y Av. Chaco y calles Cabo Oscar Alfonzo y Entre Ríos, el Acta de Donación suscripta en su consecuencia, y;

Considerando Que:

El terreno a subdividir, que de acuerdo con las disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial corresponde a la zona ZEUP - Zona Especial de Urbanización Prioritaria, se identifica como Esquina este de la Chacra 47 del Plano Oficial y encierra una superficie según título de 99.960,00 m² (noventa y nueve mil novecientos sesenta metros cuadrados) y según mensura de 100.553,77 m² (cien mil quinientos cincuenta y tres metros cuadrados con setenta y siete decímetros cuadrados), partida Impuesto Inmobiliario N° 17-13-00-360.423/0000-4, y su dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario al Tº 556 Fº 480 Nº 369.320, en fecha 25/08/05, Departamento General López.

Por aplicación de las normas generales para subdivisión de la tierra, dispuestas por el Plan de Desarrollo Territorial de Venado Tuerto, Capítulo VII - Parcelamientos, Ordenanzas Nº 4404/13 y modificatorias, corresponde la cesión a la Municipalidad de espacios destinados a vías de circulación que aseguren la continuidad de la trama vial urbana; en el presente caso, ensanche de Av. Dr. Esteban Maradona y Av. Chaco (Lote A) y calles Cabo Oscar Alfonzo y Entre Ríos (Lote C), formalizándose expresamente la donación y entrega de posesión a sus efectos.

Asimismo, el presente lote, por sus dimensiones, está sujeto a realizar la correspondiente donación con destino a espacios verdes públicos y equipamiento comunitario de uso público; la Dirección de Planeamiento, en informe de fecha 26/07/23, expresa que considera factible exceptuar a los propietarios, por única vez, del requisito de hacer efectiva la donación en esta instancia.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal al ingreso de plano de mensura y subdivisión del inmueble ubicado en la Zona Urbana del Distrito Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, el que es parte de la Chacra 47 del Plano Oficial de la ciudad, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360.423/0000-4, partida municipal Nº 53293, que encierra según título una superficie de 99.960,00 m2 (noventa y nueve mil novecientos sesenta metros cuadrados) y según mensura, 100.553,77 m2 (cien mil quinientos cincuenta y tres metros cuadrados con setenta y siete decímetros cuadrados) , con dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario al Tomo 556 Folio 480 N° 369.320 de fecha 25/08/2005, Departamento General López, propiedad de los señores Juan Carlos Rionda, DNI 7.822.756, con domicilio en Chaco 2914, y María del Carmen Rionda, DNI 11.917.064, con domicilio en Piacenza 345, ambos de la ciudad de Venado Tuerto. 

 

Art.2°.- Acéptese la donación de tierras efectuada por los propietarios de las superficies de lotes identificados como C y D, de acuerdo con el plano proyecto de mensura y división presentado por los Agrimensores Eduardo W. Lustig y María Virginia Drago -I.Co.P.A. Nº 2-0346/7 y 2-0376/9, respectivamente-, de acuerdo al siguiente detalle:

                Balance de Superficie:

-       Superficie del inmueble según título……………..….……….. 99.960,00 m2

-       Superficie del inmueble según Mensura Lote A………………54.784,98 m2

-       Superficie del inmueble según Mensura Lote B……………... 37.017,11 m2

-       Superficie del inmueble según Mensura Lote C………………  2.540,49 m2

-       Superficie del inmueble según Mensura Lote D……………..   6.211,19 m2

-       Superficie del inmueble según Mensura……………………. 100.553,77 m2

-       Diferencia………………………………..…………………. (+) 593,77 m2

                 Superficie a donar:

-       Sup. Lote C (ensanche Av. Dr. E. Maradona y Av. Chaco)    … 2.540,49 m2

-       Sup. Lote D (semiancho calles Entre Ríos y C. O. Alfonzo) …. 6.211,19 m2

 

Art.3°.-Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a que, en esta etapa de subdivisión, no requiera la cesión sin cargo de los espacios destinados a reservas para la localización de equipamiento comunitario de uso público y a espacios verdes libres públicos que, de acuerdo con las disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial, corresponde el 5% y el 10 %, respectivamente, del total de la superficie original conforme con el título, de 99.960,00 m2 (noventa y nueve mil novecientos sesenta metros cuadrados), correspondiendo una superficie de 18.659,76 m2 (dieciocho mil seiscientos cincuenta y nueve metros cuadrados con setenta y seis decímetros cuadrados)..

                 Las donaciones respectivas deberán formalizarse de acuerdo con el detalle siguiente:

a)      donación de reservas correspondientes al lote original:

        - superficie total según título: 99.960,00 m²;

        - superficie de calles a donar (lotes "C" y "D" del proyecto de subdivisión adjunto y calles a donar en futura urbanización según detalle en el mismo proyecto): 24.510,12 m²;

        - 15 % del título (superficie total de reservas a donar): 14.994,00 m²;

        - superficie total a donar (calles + reservas): 39.504,13 m²;

        - 40 % del título: 39.984,00 m².

                    b) cálculo de la donación individual de cada lote:

         - superficie lote "A": 54.784,98 m²

         - superficie lote "B": 37.017,11 m²

         - superficie sumada lotes "A" y "B": 91.802,09 m²

         - porcentaje lote "A" respecto de la suma de los lotes "A" y "B": 59,68 %

         - porcentaje lote "B" respecto de la suma de los lotes "A" y "B": 40,32 %

         - superficie a donar ante la eventual subdivisión del lote "A": 8.948,42 m²

         - superficie a donar ante la eventual subdivisión del lote "B": 6.045,58 m²

         I- Análisis individual donaciones lote "A":

-       superficie total: 54.784,98 m², superficie de calles a donar en futura urbanización según detalle en el mismo proyecto: 9.618,43 m²,

-       donación correspondiente al 15%: 8.948,42 m²,

-       superficie total a donar: 18.566,85 m²,

-       40 % de la superficie del lote "A": 21.913,99 m²,

         Superficie total de reservas a donar: 8.948,42 m².

         II- Análisis individual donaciones lote "B":

-       superficie total: 37.017,11 m²,

-       superficie de calles a donar en futura urbanización según detalle en el mismo proyecto: 6.140,01 m²,

-       donación correspondiente al 15%: 6.045,58 m²,

-       superficie total a donar: 12.185,59 m²,

-       40 % de la superficie del lote "B": 14.806,84 m²

          Superficie total de reservas a donar: 6.045,58 m².

 

Art.4°.- Dispóngase que la donación de suelo para equipamiento comunitario y espacios verde libre públicos será solicitada al momento del ingreso de futuros proyectos de subdivisión simple o de urbanización de los actuales propietarios o de quien lo detentare al momento de su tramitación, respecto de los lotes A y B.

 

Art.5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4516-I-12

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA