Ordenanza

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Visto:

La conmemoración de los 189 años de la ocupación ilegítima de las Islas Malvinas por el Reino Unido y los 40 años de la guerra de Malvinas el Gobierno Nacional lanzó "Agenda Malvinas 40 años" bajo el lema “Malvinas Nos Une” como elementos unificadores del mensaje de la causa nacional durante todo el año 2022, cuyo objetivo es el de homenajear a los caídos y reconocer a excombatientes, veteranos/as de guerra y a sus familias y visibilizar la Cuestión Malvinas en el país y en el mundo, desplegando una acción política y diplomática en el marco de la política de Estado que marca la Constitución Nacional tras el objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino de recuperar el ejercicio de soberanía sobre los territorios argentinos ocupados por el Reino Unido, conforme a los principios del derecho internacional, y;

 

Considerando:

Que la “Agenda Malvinas 40 Años” ha sido concebida como un programa que abarca todo el año, y que dentro del territorio nacional tendrá carácter federal y multidimensional, y se irá nutriendo a lo largo del año de actividades propuestas por distintas áreas del gobierno nacional, las provincias, los municipios, el Consejo Nacional Malvinas, las organizaciones y centros de excombatientes y de familiares de caídos, universidades y organizaciones sociales, por lo que contará con acciones culturales, académicas, educativas y sociales.

Que a través del Decreto N° 17/2022, publicado en el Boletín Oficial el Presidente de la Nación, Alberto Fernández, declaró al año 2022, como el año “de homenaje del pueblo argentino a los caídos en el conflicto de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, así como a sus familiares y a los veteranos y las veteranas".

Que la norma citada dispone que "durante el año 2022 toda la documentación oficial de la administración pública, centralizada y descentralizada, así como de los entes autárquicos dependientes de esta, deberá llevar la leyenda: 'Las Malvinas son argentinas'".

Que debemos destacar que el conflicto de 1982 no alteró la naturaleza de la controversia de soberanía entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA e IRLANDA DEL NORTE respecto de las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos e insulares correspondientes, la cual continúa pendiente de solución mediante la negociación bilateral entre ambos gobiernos.

Que resulta menester llevar adelante acciones de difusión y concientización, tanto en el ámbito nacional como internacional vinculadas a la visibilización de los derechos soberanos argentinos respecto de la “Cuestión de las Islas Malvinas” en el marco de la Disposición Transitoria Primera de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, como así también homenajear y honrar a nuestros excombatientes caídos y a sus familiares con una perspectiva inclusiva y federal.

Que en nuestra ciudad conviven dos agrupaciones de veteranos de la guerra de Malvinas, la Unión de Veteranos de Guerra del Sur de Santa Fe y el Centro Veteranos de Guerra Venado Tuerto, quedando además algunos veteranos por fuera de las mismas, y sumándose además a la Agrupación Hijos Malvinenses, que juntos bregan por mantener viva la memoria de Malvinas.

Que además, existen numerosas ordenanzas y resoluciones en torno a esta causa nacional, y en particular hacemos mención a la Ordenanza 5449/21, que declara de interés municipal las actividades que se desarrolle en nuestra ciudad durante el año 2022 en el 40° aniversario de la gesta de Malvinas, donde en su art. N° 1 declara de interés del Concejo Municipal de Venado Tuerto, la vigilia, los actos, homenajes, placas, muestras, eventos históricos, deportivos y culturales, programas en diferentes medios de comunicación, documentales, y demás actividades que se desarrollen en la Ciudad de Venado Tuerto, durante el año 2022, en cumplimiento de celebrarse el 40° Aniversario de la Gesta de Malvinas, pero que consideramos debemos ser más específicos en cuanto a su efectiva implementación y entre todos y todas rendirles homenaje que merecen a héroes nacionales que durante mucho tiempo han sido borrados e invisibilizados.

Que desde este Concejo también hemos votado la Resolución Interna N° 231/2022 donde se plantea la entrega de un presente conmemorativo y un compendio de toda la legislación desarrollada por el Concejo y el Ejecutivo Municipal durante estos 39 años de ejercicio de la Democracia a las dos agrupaciones de veteranos de guerra existentes en nuestra ciudad.

Que además existe en nuestra ciudad la Ordenanza N° 5147/2019 que reglamenta la obligatoriedad del Estado Municipal de realizar honras fúnebres a los veteranos de guerra en Malvinas que residan en nuestra ciudad.

Que en esta evocación nos encontramos frente a una de las grandes causas nacionales, en la que conviven valores que con mayor fuerza debemos rescatar: el diálogo, el ejercicio de la soberanía nacional con dignidad y el respeto a los derechos humanos, la justicia y la verdad.

Que la tarea que tenemos que emprender las y los argentinos y sobre todo los y las venadenses es la de evitar que nuestros héroes resulten ser las víctimas del olvido, reconociendo todos los días a estos hermanos/vecinos/amigos, que fueron a poner el cuerpo por todos los argentinos, que fueron a luchar en desigualdad, pero que no abandonaron, y tuvieron y aún siguen teniendo la bandera levantada, de pie, con honor y orgullo.

Que este Concejo sancionó la Ordenanza Nº 3159/04, por la cual se establece un marco normativo para instituir diversas distinciones y/o declaraciones, entre ellas la "Medalla al Mérito", que se encuadra perfectamente para reconocer a estos héroes venadenses a 40 años de la gesta histórica de Malvinas.

Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Dispóngase la entrega en el Concejo Municipal de la "MEDALLA AL MERITO" a todos los Veteranos de Malvinas de nuestra ciudad y/o sus familiares directos, los que se enumeran en el anexo siguiente, en cumplimiento del 40 Aniversario de la Guerra de Malvinas, visibilizando el objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino de recuperar el ejercicio de soberanía sobre los territorios argentinos ocupados por el Reino Unido y rindiéndoles el homenaje que merecen estos héroes venadenses que durante mucho tiempo han sido borrados e invisibilizados.

 

Art.2°.- Ordénese que durante el año 2022 en todos los actos oficiales de nuestra ciudad se entonen las estrofas de la Marcha de Malvinas.

 

Art.3°.- Incorpórese al Art. 4 de la Ordenanza 5147/2019 el inciso “e” que quedará redactado de la siguiente manera:

e)- Colocación de una placa con el Nombre y Apellido y/o cualquier otro dato de relevancia, en el Monumento a los Héroes de Malvinas sito en la Plaza Rosario Vera Peñaloza de nuestra Ciudad, a cargo del Municipio de Venado Tuerto, siendo esta medida retroactiva a los Veteranos de Malvinas que ya no se encuentran entre nosotros y en señal de respeto, reconocimiento, honor y gloria, para ser recordados por todas y todos los venadenses.

 

Art.4°.- Ordénese que el Departamento Ejecutivo Municipal ponga a disposición de los centros de Veteranos que así lo dispongan mediante nota previa al Intendente Municipal y haciendo alusión a la presente Ordenanza, tapiales y/o espacios públicos para ser intervenidos artísticamente con acontecimientos o sucesos que hagan alusión a la gesta de Malvinas, acompañándolos con partidas presupuestarias para su ejecución, ya sea de materiales, como también cubriendo el costo de los artistas que intervengan, los que deberán ser preferentemente artistas locales.

 

Art. 5°.- Incorpórese a la Ordenanza Nº 3943/2011 (O.G.I.) en el Capítulo XXII, Artículo 173 el siguiente texto:

Otórguese un descuento del 50% (cincuenta por ciento) en todas sus categorías del pago de Estampillas y Sellados Municipales en la obtención y/o renovación de la Licencia Nacional de conducir a todos los Veteranos y ex combatientes de Malvinas de nuestra ciudad.

 

Art.6°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil veintidós.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 3074-I-92 - 2538-V-98

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA