Ordenanza

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Visto:

Que en el año 2017 se habilitó sobre la traza urbana de la Ruta Nacional N° 33, más precisamente en la Avenida José Cibelli y Avenida Santa Fe de nuestra ciudad, la obra vial definida como una intersección canalizada con giros permitidos a la izquierda, tanto en sentido ascendente como en el sentido descendente de la misma, y;

 

Considerando:

Que en dicha intersección se han sucedido una gran cantidad de accidentes viales, que lamentablemente se continúan generando pérdidas irreparables en nuestros vecinos y vecinas, donde la solución planteada y ejecutada no ha logrado su cometido, en cuanto a brindar la seguridad vial necesaria para este sector.

Que si bien, han mejorado muchísimo las condiciones que primaban antes de su habilitación, al incorporarse colectoras pavimentadas, bici sendas, iluminación, señalización vertical y horizontal, dársenas de giro, dársenas de aceleración y desaceleración, puente peatonal, etc., con los lamentables hechos sucedidos, quedó demostrado que esta obra es insuficiente para resguardar la seguridad vial de los vecinos que día a día circulan por la misma.

Que oportunamente, y desde la administración anterior del Ejecutivo Municipal, y según las notas que se adjuntan, inmediatamente de habilitada la intersección por la Dirección Nacional de Vialidad, se manifestó la preocupación por la forma de resolución técnica adoptada en la misma, donde se avizora que el diseño geométrico adoptado por la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) prioriza el transito que circula por la Ruta Nacional, dejando en segundo lugar el tránsito pasante, ya sea en sentido desde el Barrio Santa Rosa hacia el centro de la ciudad o viceversa, el que debe cruzar la peligrosa arteria nacional, en al menos cuatro carriles (más de veinte metros), sin ninguna medida de rigor que obligue a reducir la velocidad de los vehículos que vienen circulando por la arteria nacional, y ante una falta de consideración y respeto de las normas de tránsito, desarrollándose muchas veces, velocidades superiores a las permitidas para la traza urbana en la que se encuentra la misma. (véase notas ajuntas de fechas 24/02/2017 – 12/06/2017 - 27/06/2017 - 29/08/2017 - 15/01/2018 -17/12/2018 - 03/07/2019).

Que el propio circulo vecinalista, manifiesta a través de la nota adjunta, la imperiosa necesidad de resolver esta situación en bienestar de los vecinos de nuestra ciudad que día a día realizan esta travesía, sin duda uno de los principales accesos a Venado Tuerto, para los que vienen desde el Norte, y que requieren respuestas urgentes por parte del Estado Municipal y la DNV.

Que los funcionarios Nacionales que debieron tomar decisiones, lamentablemente no han respondido la demanda de nuestra ciudad, y no podemos seguir esperando que se sucedan eventos trágicos que enlutan nuestra ciudad.

Que es necesario intervenir y dar respuestas desde el Municipio de Venado Tuerto, trabajando en conjunto con este Concejo para resolver esta delicada situación que requiere madurez y trabajo constante en pos de la búsqueda de las respuestas esperadas.

Que existe un mecanismo que se efectúa en la Dirección Nacional de Vialidad que se denomina “Permisos a Terceros” donde el Municipio de Venado Tuerto debe presentar el pedido correspondiente y avanzar en las gestiones para resolver esta situación, reforzando y continuando el trabajo realizado por el ex Intendente José Freyre, en búsqueda de esta solución tan esperada por los vecinos y vecinas de nuestra ciudad.

Que desde este Concejo hace unos días se presentó una Comunicación al Intendente Municipal, aprobada por unanimidad, donde se solicitó la iluminación de la traza urbana de la Ruta Nacional N° 33, más precisamente en el tramo comprendido entre la calle Chaco y la Calle República de Irlanda de nuestra ciudad, situación que debe ser replicada y va en consonancia con lo requerido por este sector de la ciudad, de manera similar a lo ocurrido sobre la traza urbana de la Ruta Nacional N° 8.

Que desde el Concesionario y ante el pedido del Municipio en el año 2016 habrían dejado previsto los conductos necesarios para realizar los trabajos de semaforización, evitando tener que romper el pavimento y/o las obras ejecutadas, siendo este punto una ventaja para la resolución de la obra de referencia.

Que además se solicitó oportunamente la posibilidad de complementar la obra con un radar der velocidad en las inmediaciones de la zona urbana, lo que impactaría directamente en la reducción y control de la velocidad de circulación.

Que en las últimas semanas hemos podido acceder a una audiencia con las autoridades de la DNV, gestionada por la Secretaria de Fortalecimiento Institucional de la Provincia de Santa Fe, donde los actuales funcionarios de dicho organismo nos manifestaron su predisposición y compromiso en otorgar los permisos correspondientes al Municipio de Venado Tuerto para realizar las obras de semaforización y/o las que fueran necesarias a los efectos de minimizar la consecuencia de la alta velocidad pasante en este sector, previo cumplimiento de las presentaciones, informes y toda documentación que fuera necesaria por parte del Municipio de Venado Tuerto, situación que no se habría presentado en los últimos meses.

Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Declárese de Interés Municipal la obra de semaforización, iluminación, y/o ejecución de medidas complementarias para atenuar el impacto del exceso de velocidad y la seguridad vial en la traza urbana de la Ruta Nacional N° 33, dando prioridad por parte del Estado Municipal a la ejecución de obras viales, de semaforización y mejoramiento lumínico en la intersección de la Avenida José Cibelli y Avenida Santa Fe y en la toda traza urbana comprendida entre las calles República de Irlanda y Chaco.

 

Art.2°.- Elabórese, a través del área de Obras Públicas de la Municipalidad de Venado Tuerto, en carácter de urgente, la presentación necesaria en la Dirección Nacional de Vialidad y/o Dirección Provincial de Vialidad en caso de ser necesario, cumplimentando a la brevedad con los pasos requeridos para la obtención del “Permiso a Tercero” correspondiente para la iluminación, instalación de semáforos, cámaras de seguridad, etc., avanzando en las gestiones que sean necesarias para su pronta resolución.

 

Art.3°.- Incorpórese las erogaciones de todo lo necesario para la instalación de los elementos requeridos para esta obra y los descriptos en los artículos precedentes, en el presupuesto afectado al plan de alumbrado correspondiente al periodo agosto 2021- julio 2022, donde se deben incluir al menos, semaforización, iluminación led, cámaras de video vigilancia, refuerzo de señalética vial, etc., acorde a la demanda de nuestra ciudad.

En caso de no cubrir los costos necesarios para el proyecto requerido y autorizado por la DNV con los fondos correspondientes a la contribución por mejoras que aportan los venadenses en la factura de luz, aféctense recursos de rentas generales del Municipio de Venado Tuerto para su ejecución.

 

Art.4°.- Para su mayor control, celeridad, seguimiento y acompañamiento, convóquese a la Comisión de Obras Publicas de este Concejo elevándole copia de todas las actuaciones efectuadas, trabajando junto con la Secretaria de Obras Públicas del Municipio de Venado Tuerto, en la presentación, avances y resolución de tan necesaria obra.

 

Art.5°.- Envíese copia de la presente Ordenanza a la Jefatura del Séptimo Distrito de la Dirección Nacional de Vialidad.

 

Art.6°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintidós días del mes de setiembre del año dos mil veintiuno.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4136-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA