Ordenanza

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Visto:

La necesidad de hacer de Venado Tuerto una ciudad más inclusiva; y,

Considerando:

Que la lengua es un sistema de comunicación dotado de convenciones y reglas empleado por las comunidades humanas.

Que la lengua de señas es el lenguaje natural de las personas integrantes de la comunidad sorda, que permite una comunicación a través de los gestos y de la vista.

Que la Lengua de Señas Argentina constituye un verdadero idioma y un canal de transmisión diferente a las lenguas habladas, en tanto implica aproximarse a formas de pensamiento visuales, no verbales.

Que la Lengua de Señas no puede ser vista como una alternativa de comunicación, sino que constituye la vía exclusiva para que las personas sordas puedan lograr la plenitud del lenguaje y el enriquecimiento del pensamiento.

Que la mayoría de las personas que no pertenecen a la comunidad sorda no saben comunicarse a través de esta lengua, lo que dificulta la inclusión de las personas que sí lo son.

Que poder comunicarse, expresar sus necesidades y deseos y ser entendidas es un derecho fundamental de todas las personas, sobre todo cuando se trata de cuestiones básicas y/o urgentes.

Que, en consecuencia, para garantizar la inclusión y los derechos fundamentales de las personas que integran la comunidad sorda, se torna imperativo visibilizar la LSA, promover su aprendizaje y difundir su uso.

Que la inclusión de personas con discapacidad es tarea de la sociedad civil, pero debe ser fomentada y promovida por el Estado, de manera que recae sobre el gobierno municipal la obligación de generar espacios de información y difusión que faciliten este objetivo.

Que entendemos que una forma idónea de hacerlo es familiarizando a la ciudadanía con imágenes y gestos relativos a la LSA.

Que si bien somos conscientes de que esta visibilización de ninguna manera suple el aprendizaje de la lengua de señas, creemos que se trata de una forma de que personas con discapacidad auditiva puedan contar con cada vez más herramientas que les faciliten la comunicación con otros y el acceso a la información.

Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Invítese a pintar muros de la ciudad con imágenes de señas de LSA simples y de uso diario, con el objeto de promover y difundir esta lengua.

 

Art.2.- Ubíquense en plazas y paseos carteles con ilustraciones y señas de LSA que hagan referencia al lugar y las actividades que en él se realizan.

 

Art.3.- Invítese a los centros de atención primaria, vecinales, correo, oficinas públicas y municipales a incorporar cartelería con mensajes en LSA.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los siete días del mes de abril del año dos mil veintiuno.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 3744-C-02 4430-C-08

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA