Ordenanza

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Visto:

El ingreso del expte. 203.217/2019 Previa Mensura Orden Nº 2992, tramitada ante la Dirección de Obras Privadas del Municipio por las señoras Ana María y Mirta Lucía Palumbo, quienes en calidad de propietarias solicitan autorización para subdividir un lote que les pertenece, lo cual origina una fracción de terreno en el que se encuentra edificada una vivienda unifamiliar y en la fracción restante un galpón comercial; y,

 

Considerando Que:

El terreno a subdividir, de acuerdo con las disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial vigente -Ordenanza 4404/13 y modificatorias-, corresponde a zona Z3 – Residencial de Densidad Media – Alta. S designa en el plano de Mensura inscripto con el Nº 189.156 año 2015 como Lote A de la manzana 39, con identificación catastral provincial, Sección 01, Manzana 246, Parcela 17 (Manzana Catastral Municipal 295) y encierra una superficie según título y mensura de 870,00 m² (ochocientos setenta metros cuadrados); se halla inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario al Tomo 103 Folio 202 Nº 85.200 de fecha 09/11/1948; Tomo 170 Folio 436 Nº 115.180 de fecha 23/12/1958; T.D.H. Nº 300.210 Fecha 02/01/2017, Tomo 663 Folio 150 Nº 356.626 de fecha 14/07/2017; Departamento General López, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-06-359.133/0000. Partida Municipal Nº 2912.

En la escritura por la que se adquiriera el inmueble (otorgada el 20/10/48) se hace referencia a dos lotes -plano de mensura Nº 29.732 del año 1937- denominados 1 y 2, pero se indica la superficie conjunta, sin discriminar las medidas de cada uno.

En los archivos municipales constan antecedentes de edificación presentados en el año 1951, en los que se declara a construir en el lote destinado a vivienda con idénticas dimensiones a las presentadas en el actual proyecto de subdivisión.

De acuerdo con los parámetros actuales, la subdivisión pretendida no es posible, dado que el lote A2 no reúne la superficie mínima; no obstante, existe una situación de hecho de antigua data que es necesario solucionar, para sanear definitivamente la titularidad de ambos lotes, mediando la correspondiente confección del plano de mensura y subdivisión, por una parte, y las escrituras traslativas del dominio, por la otra.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.-Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal, por medio de la Dirección de Obras Privadas, en carácter de excepción, a visar el plano de mensura y subdivisión del Lote "A" de la Manzana 39 - Quinta 42, según mensura inscripta en el Departamento Topográfico Rosario bajo el Nº 189156 del año 2015, determinándose una fracción de 10,50 m. (diez metros con cincuenta centímetros) de ancho por 25,00 (veinticinco metros) de profundidad, identificada como A2 y otra fracción de terreno,  Lote A1,  con dimensiones sobre Av. Brown de 24, 30 m. (veinticuatro metros treinta centímetros) de frente y 25,00 (veinticinco metros) de profundidad sobre Av. Estrugamou,  según proyecto de mensura adjunto.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4516-I-12

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA