Ordenanza
Visto:
La necesidad de reordenar del tránsito en calle Los Ciruelos ante las nuevas obras de acceso a la ciudad y al Barrio Santa Rosa, y;
Considerando Que:
Es inminente la culminación de las obras en el sector de ruta nacional Nº 33 y avenida Santa Fe, las cuales otorgaran una nueva dinámica al tránsito vehicular de dicho sector de la ciudad.
Dentro de las mejoras que se realizaron se resalta la pavimentación de calle Los Ciruelos entre calles España y Liniers, siendo dicha arteria jerarquizada y cumpliendo una función de colectora.
La empresa ejecutora de las obras Supercemento S.A. ha manifestado que el paquete estructural proyectado para la colectora no fue diseñado para tránsito pesado, sino para el tránsito vehicular liviano local. Por lo tanto, la calzada cuenta con un ancho de 7,00 metros y un estabilizado granular de 20 cms. sobre la que se deposita una carpeta de concreto asfáltico de 5 cms. de espesor; asimismo, la empresa ha formulado reservas de no hacerse responsable de los daños que pudiere sufrir la obra por el paso de vehículos de gran porte.
Siendo la colectora una vía de doble sentido de circulación y que debe encontrarse liberada con un ancho de siete metros, es que resulta necesaria la prohibición de circulación y estacionamiento de vehículos de gran porte (vehículos automotores de más de 3.500 kg. de peso, según la Ley Nacional de Tránsito), todo ello a los efectos de asegurar el cumplimiento de su función y extender la vida útil de la misma, minimizando las tareas y costos de mantenimiento.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Prohíbese el acceso, la circulación y estacionamiento de vehículos automotores de más de 3.500 kilogramos de peso en calle Los Ciruelos en el tramo entre Av. España y calle Liniers.
Art.2.- El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá la colocación de la correspondiente señalética y elementos físicos (arcos) que impidan el acceso de vehículos automotores de más de 3.500 kilogramos de peso a la calle señalada en el artículo anterior.
Art.3.- Quedan exceptuados de la prohibición expresada en el artículo 1 de la presente ordenanza los vehículos que deban realizar tareas de mantenimiento de elementos públicos, afectados a la recolección de residuos, emergencias y demás servicios públicos.
Art.4.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá promover una campaña gráfica y en los demás medios de comunicación para informar a los ciudadanos de la nueva normativa.
Art.5.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias a los fines de la realización de las obras.
Art.6.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los trece días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO