Ordenanza

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Visto:

                        La Ordenanza Nº 4740 sancionada por el Concejo Municipal; y,

 

Considerando Que: 

                        La normativa citada permite a los propietarios de inmuebles rurales formalizar con el Departamento Ejecutivo convenios de ejecución de obras de reparación y/o mantenimiento de caminos rurales en el marco del organismo creado por dicha disposición, denominado Consejo Consultivo de Servicios y Obras Rurales en Situación de Emergencia Hídrica (CoCoSOR).

                        El art. 6 prevé que tales convenios deben ser remitidos al Concejo Municipal a los efectos de su ratificación, específicamente diecisiete convenios correspondientes a propietarios de la Zona 2. 

                        Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Ratifíquense los convenios suscriptos entre la Municipalidad de Venado Tuerto y Establecimiento Agropecuario San Carlos S.A. -partidas Nº 10000187, 10002478, 10002479, 10002480, 10002481, 10002477, 10000917, 10000078 y 10002034- y Advanta Semillas S.A.I.C. -partida Nº 10000186-, firmados en el marco de las disposiciones de la Ordenanza Nº 4740 correspondientes a la Zona 2.

 

Art.2. Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3600-C-01

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA