Ordenanza

Starter Section

Visto:

                        La sanción de la Ley Nº 12385, sus modificatorias y su Decreto Reglamentario, y;

                       

Considerando Que:

                        Por dicha ley el Gobierno de la Provincia creó el Fondo para la Construcción de Obras Menores para Municipios de Segunda Categoría y Comunas que no se encuentren incluidas en el Fondo de Emergencia Social, Ley Nº 24.443, quedando nuestra ciudad comprendida en los alcances del Fondo.

                        La Administración Pública Municipal ha realizado en el marco de este programa variadas obras públicas, consideradas prioritarias para el desarrollo de la ciudad.

                        Para el año 2016 la mencionada ley prevé el giro de un monto de $ 16.061.455,94 (pesos dieciséis millones sesenta y un mil cuatrocientos cincuenta y cinco con 94 centavos) para ejecutar la construcción de obras y/o adquisición de equipamiento y rodados; enmarcadas en el programa referido.

                        Habida cuenta de que se ha sancionado la Ley Provincial Nº 13.544 que establece que los municipios y comunas pueden disponer de hasta el 50 % de la suma correspondiente a la asignación de gastos corrientes, la Municipalidad de Venado Tuerto destinará el 50% de los fondos correspondientes al año 2016, equivalente a la suma de $ 8.030.727,97 (pesos ocho millones treinta mil setecientos veintisiete con 97 ctvs.) para la ejecución del proyecto denominado “Programa de Mejoramiento de Infraestructura Barrial 2016”, que comprende la ejecución de 84 (ochenta y cuatro) cuadras de cordón cuneta y estabilizado granular, aletas de hormigón simple vibrado y desagües complementarios.

                        Cabe destacar que la ciudad es un hecho colectivo, es el espacio para la construcción de ciudadanía. La ciudad como proyecto y construcción colectiva es el lugar privilegiado en el cual el ciudadano hace efectivo su derecho a participar. Un mejor y mayor servicio público de higiene y limpieza entre los distintos sectores de la ciudad implicaría un primer paso en la inclusión social de los sectores más excluidos. Es innegable el hecho de que el mejoramiento ambiental del entorno urbano lleva a un cambio de actitud ciudadana frente a los problemas de la pobreza y la marginación.

                        A efectos de la disposición de los fondos para la ejecución del proyecto previsto, es necesario remitir al Gobierno Provincial la correspondiente solicitud, resultando imprescindible para ello la aprobación del mencionado proyecto por parte de Concejo Municipal.

                        Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Solicítese al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y su Decreto Reglamentario, el aporte de fondos no reintegrables por la suma de $ 8.030.727,97 (pesos ocho millones treinta mil setecientos veintisiete con 97 ctvs.) para la ejecución de 84 (ochenta y cuatro) cuadras de cordón cuneta -según detalle Anexo-:

 

Programa de Mejoramiento de Infraestructura Barrial 2016

Esta etapa tendrá un presupuesto total de $ 15.637.596,63 (pesos quince millones seiscientos treinta y siete mil quinientos noventa y seis con 63 ctvs.), de los cuales $ 8.030.727,96 se financiarán con aportes de la Ley 12.385 y $ 7.606.868,67 por financiamiento municipal.

En esta obra se prevé recupero por contribución de mejoras.

 

 

RESUMEN FINANCIAMIENTO DE OBRA

 

Obra: Programa de Mejoramiento de Infraestructura Barrial 2016

ITEM

Aporte Ley de Obras Menores

Financiamiento Municipal

Total Ítem

%

1. Ejecución de Desagües Pluviales

$ 423.859,29

$ 0,00

$ 423.859,29

2,71%

2. Ejecución de Cordón Cuneta c/estabilizado granular

$ 7.606,868.67

$ 7.606,868.67

$ 15.213.737,34

97,30

TOTAL Programa de Mejoramiento de Infraestructura Barrial 2016:

$ 8.030.727,96

 $ 7.606.868,67

$ 15.637.596,63

100,00%

 

51,35 %

48,65 %

100,00 %

 

 

Art.2.- Facúltase al señor Intendente Municipal a gestionar los fondos citados y a convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total o parcial de las obras que se mencionan en el art. 1, y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorícese la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.

 

Art.3.- Dispóngase que los gastos que demande la adquisición de estos equipos serán imputados a las partidas presupuestarias Nº 4176/8 “Programa de Mejoramiento de Infraestructura Barrial 2016”, la que pasará a formar parte del Presupuesto General de Recursos y Gastos del año 2016, sancionado oportunamente.

 

Art.4. Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4435-I-08

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA