Ordenanza

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Visto:

                        La cuestión suscitada con respecto a la aprobación por parte del Ministerio de Medio Ambiente de la provincia de Santa Fe con relación al proyecto de urbanización presentado por Emprendimientos Sociedad de Responsabilidad Limitada, autorizado por Ordenanzas Nº 4410 y Nº 4463, y;

 

Considerando Que:

                        En apretada síntesis, la autoridad provincial ha objetado que en el proyecto presentado no dio cumplimiento a los requerimientos normativos relativos a espacios verdes, así como que éstos no pueden estar subdivididos, debiendo constituir una única parcela tal como se le informara al urbanizador en nota fechada el 26/04/16.

                        Reformulada la propuesta que seguidamente se detallará, el Ministerio se expidió favorablemente al nuevo planteo, sujetándolo a la previa aprobación municipal (nota del 16/05/16).

                        Se plantea así una situación en la cual a criterio de las áreas técnicas del Municipio, compartido por el Concejo Municipal de Venado Tuerto habida cuenta de la sanción de las dos ordenanzas mencionadas, el urbanizador cumplimentó las disposiciones locales, en tanto que dicho criterio no es compartido por la provincia y la urbanización se encuentra ya en un avanzado estado de ejecución.

                        Dada esta particularidad, fue necesario idear un nuevo diseño de parcelamiento teniendo en consideración ya no sólo el loteo en cuestión, sino, con una visión más abarcativa, contemplar toda la chacra 29 en la que se emplazan los terrenos objetos de subdivisión para urbanización, teniendo como objetivo final la concreción del porcentaje de lotes con destino a espacios verdes que requiere la normativa provincial.

                        En esa convicción, y a manera de excepción para dar una solución a la problemática en análisis, la nueva propuesta -cuyo acuerdo, se reitera, ya ha manifestado el Ministerio de Medio Ambiente- consiste en unificar en un único lote el sector de espacio verde/reservorio por una superficie de 2.279,81 ms2. -hoy Lote 93- (en el que se mantuvo el total de metros cuadrados pero se modificó la disposición geográfica, atendiendo a la mayor inundabilidad del anterior Lote 100 con respecto al anterior Lote 92), y modificar las dimensiones de la calle sobre los Lotes E y F, diseñándose en su parte central un cantero (espacio verde) para una futura avenida, la que terminará de conformarse cuando se urbanice el terreno lindero del lado Este con su correspondiente cesión, y completándose un ancho total de la arteria de 28,00 metros. Eventualmente, y teniendo en cuenta la globalidad de la Chacra 29 como se expresó anteriormente, requiriendo la previa aprobación de la autoridad provincial pertinente, podría ser modificado el diseño del cantero central en función de la futura urbanización colindante.

                        Asimismo, y a los efectos de que no se reiteren situaciones como la presente, aparece imperativo propiciar la reforma de las disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial relativas al apartado de parcelamientos, comprometiéndose este Departamento Ejecutivo Municipal a remitir el respectivo proyecto de Ordenanza a la brevedad para consideración de este Cuerpo Deliberante. Remitido que fue el proyecto de Ordenanza girado al Concejo Municipal bajo Mensaje Nº 36-OP-2016 al Ministerio de Medio Ambiente de la provincia de Santa Fe, se recibió nota de aprobación del mismo cuya copia se adjuntó al Mensaje citado para conocimiento de este Cuerpo Legislativo, habiéndose incorporado a éste las observaciones formuladas.

                        Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

   

Art.1.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal, en carácter de excepción, a visar técnicamente el nuevo plano de mensura y subdivisión de los inmuebles ubicados en la zona urbana del Distrito Venado Tuerto, departamento General López, que forman parte de la Chacra 29 del Plano Oficial de la ciudad, o sea los lotes “C” y “D” del plano de mensura Nº 179.051/2013 del Departamento Topográfico Rosario; abarcan una superficie total según títulos y mensuras de 4 has., 73 as., 20 cas., 54 dm2. (cuatro hectáreas, setenta y tres áreas, veinte centiáreas, con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados), correspondiéndoles Partidas Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360.442/0002-7 al lote “C” y 17-13-00-360.442/0004-5 al lote “D”; y dominios inscriptos en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario según Folio Real 17-12.037 (lote “C”) y Folio Real 17-12.038 (lote “D”), ambos de fecha 18/11/2013, Departamento General López, propiedad de Emprendimientos Sociedad de Responsabilidad Limitada, CUIT Nº 30-71167109-5, con domicilio en Rivadavia 348 bis, zona suburbana, de la localidad de Los Surgentes, provincia de Córdoba, representada por su socio gerente Federico Ribas (DNI Nº 28.192.085), con idéntico domicilio al de la razón social.

 

Art.2.- Modifíquese la traza y ancho de la calle pública a abrirse en los lotes identificados como E y F conforme con el nuevo plano de mensura y subdivisión, generándose cuatro canteros centrales de 2.487,75 ms2. que, junto al lote 93 de la Manzana D de 2.279,81 ms2., totalizan 4.767,56 ms2.

 

Art.3.- La presente normativa adquiere el carácter de complementaria de la Ordenanza Nº 4463, manteniendo plena validez y vigencia toda disposición en ella inserta que no quede expresa o tácitamente modificada por ésta.

 

Art.4.- En función de la futura urbanización del terreno colindante hacia la calle Chaco propiedad del señor Federico G. Lussenhoff y previa aprobación de la autoridad provincial pertinente, podrá modificarse el diseño de la calle referida en el art. 2 de la presente, compensándose los actuales espacios verdes con futuros emplazamientos de éstos en la misma Chacra 29.

 

Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los siete días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3967-I-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA