Ordenanza
ORDENANZA Nº 4777/16 - MODIFICA LA ORDENANZA Nº 4356 SOBRE ANCHO DE LOTES.-
Visto:
La Ordenanza Nº 4356, y;
Considerando:
Que la misma disponía la modificación en el ancho mínimo de lotes ampliándolo a los fines de que el número mínimo admitido fuera de 11 metros.
Que al momento de la sanción de la Ordenanza aquí en tratamiento, no se considero el tan problemático tema de la subdivisión de lotes y las complejidades que la regulación del mismo trae aparejada.
Que una de las problemáticas que se ocasionan con la ejecución de la Ordenanza en tratamiento tal como se encuentra redactada actualmente es la siguiente, y será planteada a continuación a modo de ejemplo práctico, a saber: Si aplicamos la Ordenanza Nº 4356/13, el titular de un lote de 20 mts. de ancho que desee subdivirdirlo no puede hacerlo, ya que en dicho caso uno de los lotes tendrá como medida de ancho 9 mts. y el otro 11 mts.
Que la problemática planteada en el párrafo precedente, y plasmada en la presente mediante el mencionado ejemplo práctico, debe ser evitada entre otros motivos con miras a la reducción del costo de la tierra y al logro de la accesibilidad de la misma.
Que dicha problemática fue tratada en la reunión mixta del Código Territorial en fecha 09/06/2016, en la cual se dispuso que a los fines de otorgar solución a lo mencionado deberá establecerse que el ancho mínimo de lote será el de 10 metros para los casos de subdivisión de lotes con superficies menores a una hectárea.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Modifíquese el art. 4, Subsección 6 – Punto 3 Parcelamientos – Lado Mínimo de la Ordenanza Nº 4356 agregando la siguiente redacción: “Para los casos de subdivisión de lotes con superficies menores a una (1) hectárea, el ancho mínimo de lote será de diez (10) metros.”
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de julio del año dos mil dieciséis.
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Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de julio del año dos mil dieciséis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3967-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO