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ORDENANZA Nº 4720/16 - DISPONE FIJAR EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA MVT PARA EL AÑO 2016.-

Visto:

                        La necesidad de contar con el instrumento legal presupuestario que regule el ordenamiento administrativo para el año 2016 de conformidad con las disposiciones legales vigentes, y;

 

Considerando que:

                        El Departamento Ejecutivo Municipal remitió el Mensaje Nº 53-H-2015 mediante el cual se solicita la aprobación del Presupuesto General de la Administración Municipal para el ejercicio 2016 en la suma de $ 830.164.633,75, de acuerdo con las Planillas Anexas remitidas a este Cuerpo Legislativo.

                        Producto del análisis del material recibido es que surgieron algunas inquietudes en el Plenario del Concejo Municipal, y se mantuvo una reunión de trabajo con el Secretario de Hacienda, quién brindó información más detallada respecto de los ingresos y egresos correspondientes.

                        A raíz de la información recibida y de la profundización de medidas tendientes a beneficiar a nuestra ciudad y sus habitantes, el Plenario de Concejales aprueba el Mensaje 53-H-2015 con una ampliación presupuestaria de $ 23.200.000 y reasignación de partidas que a continuación se enumeran:

 

INGRESOS:

                        Dentro de recursos Corrientes de otras Jurisdicciones:

Se detecta un ingreso en la partida “Coparticipación Nacional” de $ 62.000.000, y la cifra es extremadamente baja (solo 6,7%), sin relación incluso con ejercicios anteriores (en 2014 aumento 49,2%  y 2015 27,3%). Se prevé entonces un aumento del monto a percibir para dicha Partida del 37,6% respecto al año anterior, previendo un ingreso de $ 80.000.000. La cifra se fija según proyecciones teniendo como referencia los pronósticos inflacionarios y el fallo de la Corte Suprema de Justicia que restauró la coparticipación a la cifra que corresponde por ley.

                        Dentro de Otros Ingresos tributarios:

La partida “Ingresos por Derecho de edificación” prevé $ 4.000.000, una cifra menor a los ingresos del año 2015 ($ 4.221.815), lo cual se considera inadecuado. Se fija esta Partida en $ 5.000.000.

La partida “Percibido Derecho de Cementerio” prevé $ 1.600.000, una cifra menor a los ingresos del año 2015 ($ 1.770.406), lo cual se considera inadecuado. Se fija esta Partida en $ 2.200.000.

La partida “Ingresos Habilitación de negocios” prevé $ 1.000.000, una cifra menor a los ingresos del año 2015 ($ 1.652.631), lo cual se considera inadecuado. Se fija esta Partida en $ 2.200.000.

                        Dentro de Ingresos No Tributarios:

La partida “Transporte urbano de pasajeros”, con $ 2.000.000 asignados. Teniendo en cuenta los ingresos correspondientes a 2015 ($ 1.354.228) y los recientes aumentos del pasaje para el corriente año, se considera apropiado fijar el importe en $ 3.000.000.

La partida “Recupero Seguros” prevé ingresos por $ 500.000, una cifra menor a los ingresos del año 2015 ($ 901.051), lo cual se considera inadecuado. Se fija esta Partida en $ 1.200.000.

La Partida “Percibido Banco Solidario de Materiales – Ord 4272/13”, prevé ingresos por $ 100.000, una cifra preocupante que revela el incumplimiento efectivo de la Ordenanza vigente. En el año 2015 figura que ingresaron solo $ 58.466, cifra irrisoria comparada con el monto que estaba dispuesto para otorgar ($ 1.400.000) y lo que finalmente se otorgó ($ 192.193). Si para el presente año se prevé un monto de créditos a otorgar de $ 2.000.000, no se puede a su vez prever recuperar solo $ 100.000. Se fija esta Partida en $ 800.000.

                        Se observa además que las ocho Partidas relacionadas a “Recursos de Capital” están con cifras idénticas a las del Ejercicio anterior, y eso resulta improbable en la realidad porque la totalidad de dichas partidas refieren a la venta de tierras municipales, cuyas tasaciones aumentan año tras año.

 

EGRESOS:

                        Dentro de Erogaciones en Bienes y Servicios:

La Partida “Plan de Empleo temporario” prevé $ 12.935.000, una cifra sustancialmente menor a los egresos que registro durante año 2015 ($ 14.291.958), lo cual se considera inaplicable. Se argumenta hace años que hay una voluntad política de terminar con esta contratación de servicios que constituye en la práctica un fraude laboral, pero hasta la fecha no ha registrado indicios de avanzar en ese sentido. Teniendo en cuenta las futuras paritarias, se fija esta Partida en $ 18.415.000.

La Partida “Gastos Funcionamiento Concejo Municipal” prevé un monto idéntico al Ejercicio anterior ($ 7.800.000), lo cual resulta impracticable, ya que su ejecución está relacionado directamente con sueldos de personal y concejales, que estarán sujetos a paritarias, y además en cumplimiento de la Ley Orgánica de Municipalidades, se incorporó un décimo edil. Se fija la Partida en $ 9.800.000.

La partida “Gastos Transporte Urbano de Pasajeros”, prevé un monto idéntico al Ejercicio anterior ($ 2.500.000). Se considera indispensable mejorar la prestación del servicio, lo que implica optimizar el estado de los vehículos. Se eleva el importe asignado para el presente año, fijando un monto de $ 4.500.000.

La partida “Saneamiento del Basural” prevé un monto casi idéntico al Ejercicio anterior ($ 1.100.000) y muy cercano al ejecutado en dicho Ejercicio ($ 968.585). Se considera indispensable avanzar en toda la temática relacionada al tratamiento de la basura, con lo cual se eleva el importe asignado para el presente año, fijando un monto de $ 2.600.000.

La partida “Centro Cultural Municipal” prevé un monto de $ 600.000, casi idéntico al ejecutado en el Ejercicio anterior ($ 595.456), cuando es de público conocimiento que hay partes edilicias, como todo lo relacionado con la salida de emergencia de dicho edificio, que se encuentra en estado calamitoso desde hace años, lo que constituye una clara irresponsabilidad gubernamental del DEM. Si bien existen partidas relacionadas a mantenimiento de edificios públicos, el Concejo Municipal fija un monto de $ 1.200.000, duplicando la partida con el pedido expreso de que se regularicen las obras de infraestructuras necesarias para garantizar la seguridad de quienes allí concurren.

La partida “Elencos Dir. Cultura” prevé un monto de $ 225.000, menor al ejecutado en el Ejercicio anterior ($ 235.150), lo cual se considera improcedente. Se fija en $ 425.000.

La partida “Gastos de mantenimiento de Centros de Salud” prevé un monto de $ 100.000, y se ejecutó en todo el Ejercicio anterior solo $ 26.269. Se considera necesario, en base al estado en que se encuentran varios de ellos, en prever mejoras edilicias y equipamientos para optimizar la prestación de servicios. Si bien existen partidas relacionadas, se decide fijar un importe directo a los centro de salud en $ 800.000.

Las partidas “Gastos Funcionamiento Dispensario canino”, “Dirección de Salud Animal” y “Dirección Refugio Canino” tienen asignados montos de $ 50.000 cada una para todo el Ejercicio, y se observa que en la ejecución de partidas de todo el año anterior ha sido casi inexistente: $ 31.317 en el Dispensario canino, $ 7.329 en la Dirección de salud Animal y se supone no existió ejecución en la restante partida. Se considera muy deficitarias las políticas públicas tendientes a cumplir con el rol de autoridad de aplicación que tiene el DEM en lo relacionado a control de animales, y una mejora en dicho servicio debe ser reflejado en la inversión prevista. Por lo expuesto se fija un monto de $ 300.000 para cada una de las tres partidas.

                        Preocupan los bajos montos previstos en muchas Partidas que tienen que ver con áreas sensibles relacionadas a la prestación de servicios y de control, como la nula inversión en Instrumental Médico, Insumos Odontológicos y de Laboratorio, las ínfimas inversiones previstas en los talleres de Servicios Públicos, la Dirección de Asuntos Rurales y los talleres Municipales de Cultura.

 

                        Dentro de los Egresos, se prevé también la reducción de las Partidas de:

“Honorarios, Embargos y gastos Judiciales”, que tiene asignado un monto de $ 8.550.000 y en el Ejercicio anterior se ha ejecutado solo $ 389.562. Se fija en $ 2.550.000.

“Plan Anual de Publicidad Oficial”, que tiene asignado un monto de $ 1.800.000, pero incumple la Ordenanza Nº 4125/12 que crea el Régimen Municipal de Regulación de la Publicidad Oficial. Dicha Ordenanza contiene un marco normativo que otorga transparencia y claridad a la distribución de los fondos públicos destinados a publicidad oficial, estableciendo los objetivos, principios y criterios que deben regir en su asignación. A pesar de que se le ha solicitado al DEM desde la aprobación de la norma, el DEM no ha enviado el Plan Anual de Publicidad Oficial correspondiente. Por considerar necesario la necesidad de respetar la normativa vigente, y teniendo en cuenta que el DEM crea partidas nuevas asignando recursos por fuera de dicha legislación (como “Cartelería institucional” y “Comunicación Institucional”) se reduce el monto asignado a $ 900.000.

                        Dentro de Erogaciones por Transferencias:

Se aumenta la Partida “Fondo de Asistencia Educativa”, asignando  un monto de $ 3.850.000. Se consensúa la citada cifra en forma preventiva, puesto que la ley fija que el monto final corresponde al 5% de los ingresos por coparticipación de Ingresos Brutos (se presupuesta $ 42.000.00) e Impuesto Inmobiliario (se presupuesta $ 35.000.000).

Se centuplica la partida “Programa Asistencia a las Adicciones”, que tenía previsto solo una asignación de $ 10.000 para todo el Ejercicio 2016. Considerando indispensable brindarle al DEM herramientas para que pueda ejercer una política pública eficaz en la recuperación de las víctimas del flagelo que afecta a una parte importante de la sociedad, se le asigna $ 1.000.000 para el presente año.

La Partida “Gastos Operativos Sistema de Videovigilancia” tiene previsto una partida de tan solo $ 600.000 para el presente año, cuando en el ejercicio anterior se ejecutó una cifra superior ($ 737.269). Pero además, debe respetarse la asignación del 8 % del monto total percibido en concepto de TGI (Ordenanza 4317/13), debiendo entonces fijarse en relación al ingreso presupuestado. Esto determina que el monto debe ser de $ 3.280.000.

                        Preocupa la reducción de montos en muchas Partidas que tienen que ver con áreas sociales como “Programa habitacional”, “Programa Servicio Social”, “Plan Alimentario Municipal”, “Fomento y Mantenimiento Comunitario”, “Servicio Social de salud”, “Programa Asistencial de salud” y “Programa de Asistencia a las Adicciones”.

 

                        Dentro de Erogaciones por Contribución de mejoras:

La Partida “Pavimento urbano por Administración” tiene asignado un monto por $ 1.800.000, solo ligeramente superior a los $ 1.428.869 ejecutados en el Ejercicio anterior. Consideramos indispensable aumentar la obra de pavimentación urbana, por lo cual se triplica el presupuesto, asignando $ 4.800.000.

 

                        Dentro de erogaciones Reales:

Se crea la partida “Planta de Tratamientos de Residuos Sólidos Urbanos”, que tendrá un monto destinado de $ 6.000.000 en cumplimiento de la Ordenanza Nº 4718, y para tal fin se podrán afectar recursos de la Partida Fondo Federal Solidario y de Rentas Generales, incluyendo la posibilidad de financiación a través del Programa “Comprometerse” creado por Ordenanza Nº 4583/14.

Se aumenta la asignación de recursos para la partida “Sistema de Video Cámaras”, que tenía previsto $ 1.553.607,04, para avanzar en su ampliación de área de cobertura. Se fija en $ 3.553.607,04.

La partida “Disposición Final Basural y Mejora de Medio Ambiente” tiene una asignación de fondos de solo $ 150.000 y en el Ejercicio anterior solo se ejecutaron $ 28.836. Se aprueba un monto para el presente Ejercicio de $ 1.500.000.

                        Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Fíjase en la suma de $ 853.364.633,75 (pesos ochocientos cincuenta y tres millones trescientos sesenta y cuatro mil seiscientos treinta y tres con 75 ctvs.) el total de Erogaciones del Presupuesto Consolidado General de la Administración Municipal para el ejercicio 2016, conforme el siguiente resumen que se desagrega analíticamente en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza.  

 

Art.2.- Estímese en la suma de $ 853.364.633,75 (pesos ochocientos cincuenta y tres millones trescientos sesenta y cuatro mil seiscientos treinta y tres con 75 ctvs.) el Cálculo de Recursos y Financiamiento Consolidado destinado a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1, de acuerdo con la distribución resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza.

 

Art.3.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, estímese el siguiente Balance Financiero Preventivo:

 

 

M.V.T.

I.M.P.S.V.T.

EROGACIONES FIGURATIVAS

TOTAL CONSOLIDADO

TOTAL EROGACIONES s/Art. 1°

831.450.533,75

88.177.300,00

66.263.200,00

853.364.633,75

TOTAL RECURSOS s/Art. 2°

523.442.097,00

88.177.300,00

66.263.200,00

545.356.197,00

NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO

308.008.436,75

 0

0

308.008.436,75

 

Art.4.- Estímese en la suma de $ 831.450.533,75 (pesos ochocientos treinta y un millones cuatrocientos cincuenta mil quinientos treinta y tres con 75 ctvs.) el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Municipal para el ejercicio 2016, de acuerdo con el siguiente resumen que se desagrega analíticamente en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza.

 

Art.5.- Estímese en la suma de $ 523.442.097,00 (pesos quinientos veinte y tres millones cuatrocientos cuarenta y dos mil noventa y siete) el Cálculo de Recursos destinado a atender las erogaciones a que se refiere el Art. 1º, de acuerdo con la distribución resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza.

 

Art.6.- Estímese en la suma de $ 308.008.436,75 (pesos trescientos ocho millones ocho mil cuatrocientos treinta y seis con 75 ctvs.) el financiamiento de la Administración Municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas Anexas y que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

 

Art.7.- Fíjase en la suma de $ 88.177.300,00 (pesos ochenta y ocho millones ciento setenta y siete mil trescientos) el presupuesto operativo del Instituto Municipal de Previsión Social de Venado Tuerto para el año 2016, estímense los recursos de financiamiento destinados a atender dichas erogaciones en los siguientes importes cuya desagregación obra en planillas Anexas que forman parte de la presente Ordenanza:

 

 

EROGACIONES

RECURSOS Y FINANCIAMIENTO

INSTITUTO MUNICIPAL DE PREVISIÓN SOCIAL

$ 88.177.300

$ 88.177.300

TOTAL

$ 88.177.300

$ 88.177.300

 

 

Art.8.- Dispónese que las erogaciones a atender con fondos provenientes de subsidios otorgados por la Nación, la Provincia o Entes Autárquicos, deberán ajustarse, en cuanto a su monto y oportunidad a las cifras realmente recaudadas, o cuya recaudación esté material o legalmente asegurada dentro del ejercicio.

 

Art.9.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil dieciséis.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4562-I-16

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA