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ORDENANZA Nº 4719/16 - DISPONE OTORGAR A LA COS UN AUMENTO EN LOS INDICES K Y K1.-

Visto:

                        La actualización tarifaria prevista por el contrato de concesión existente con la Cooperativa de Obras Sanitarias, y;

 

Considerando:

                        Que en el año 2014 el aumento tarifario fue del 25.45%, actualización tarifaria que fue desdoblada en dos tramos. En aquella última actualización tarifaria no fueron analizados y/o considerados todos los restantes temas  que habían sido planteados en el previo informe de la autoridad de aplicación.

                        Que la C.O.S en el mes de septiembre del año 2015 solicitó ante el Concejo Municipal y la Autoridad de Aplicación, conforme la habilita el contrato que rige a la misma, la modificación de la tarifa en un 30.89%. La Autoridad de Aplicación, previo informe y revisión de los distintos índices e ítems abarcados por la C.O.S para la actualización tarifaria, abordó a la conclusión que de acuerdo a lo presentado para el año de análisis y periodo mencionado (año 12 de concesión) los resultados de la  correspondiente actualización son K (tarifa del servicio): 21.79% y K1 (contribución de mejoras): 27.20%. Dicha actualización de tarifa se llevará a cabo en forma desdoblada, es decir, en dos tramos.

                        Que asimismo, y en previsión de las próximas actualizaciones, se solicita que el Gobierno Provincial asuma su responsabilidad en materia sanitaria y comience a cooperar con nuestra ciudad, haciéndose cargo del porcentaje de capitalización ya que no se puede dejar fuera de análisis, que los vecinos de nuestra ciudad sobrellevan una excesiva carga financiera, a diferencia de otras ciudades de nuestra misma provincia como son Rosario o Santa Fe, en las cuales los ciudadanos abonan tarifas considerablemente menores por la prestación del mismo servicio. Dicho porcentaje de capitalización consiste en aquel que la C.O.S destina a la ejecución de obras ligadas a la prestación del servicio que la misma lleva a cabo, por lo que si el Gobierno Provincial asume el costo de dicho porcentaje, cada socio dejaría de hacerse cargo del avance de obra, y ello reduciría de forma inmediata el impacto financiero para el vecino de nuestra ciudad.

                        Que asimismo, lo mencionado ut supra tiene  fundamento en un importante proyecto de Ley votado por el Senado Provincial que en la actualidad se encuentra siendo analizado por la Cámara de Diputados, el cual determina que “La Provincia de Santa Fe asignará un aporte no reintegrable a todas las Cooperativas y/o Comunas que presten servicios de agua y cloacas por una suma de $236,60 per cápita y de acuerdo a la cantidad de habitantes servidos y asimismo en el caso de sólo prestar el servicio de cloacas dicho aporte será de $ 118,30”. El proyecto regula que dicho aporte será anual y transferido a los beneficiarios con la periodicidad que estableciera el poder ejecutivo.

                        Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Otórguese a la Cooperativa de Obras Sanitarias de Venado Tuerto un aumento del índice K correspondiente a la tarifa del servicio del 21.79% correspondiente al periodo 12 de la concesión, desdoblado en dos tramos: 11.79% a partir del 1° de Marzo de 2016, y el 10% a partir de los 90 días de vigencia de la presente. En el caso de este último aumento, la aplicación del mismo no será acumulativa con el anterior aquí previsto.

 

Art.2.- Otórguese a la Cooperativa de Obras Sanitarias de Venado Tuerto un aumento del índice K1 correspondiente a la contribución de mejoras del  27.20% correspondiente al periodo 12 de la concesión desdoblado en dos tramos: 17.02% a partir del 1° de Marzo de 2016, y el 10 % a partir de los 90 días de vigencia de la presente. En el caso de este último aumento, la aplicación del mismo no será acumulativa con el anterior aquí previsto.

 

Art.3.- La Cooperativa de Obras Sanitarias deberá presentar en el plazo de sesenta (60) días a partir de la vigencia de la presente Ordenanza un estudio pormenorizado de los costos de los servicios de agua y cloacas, del avance de obras y de la evolución del Fondo de Saneamiento según Ordenanza Nº 3991, que permita determinar el valor real actual de ambos servicios. La presentación del informe mencionado precedentemente será condición resolutoria para habilitar el aumento del 10% del índice K y del 10% en el índice K1.

 

Art.4.- Envíese copia de la presente Ordenanza al Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe con copia de la misma al nodo V de Venado Tuerto, a los fines de que se considere y analice la temática aquí planteada.

 

Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil dieciséis.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3953-C-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA