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ORDENANZA Nº 4717/16 - DISPONE MODIFICAR LOS ART. 2, 3 Y 4 DE LA ORDENANZA Nº 4025.- VETADA

Visto:

                        La necesidad de actualizar el precio del pavimento y del cordón cuneta en la ciudad; y,

 

Considerando:

                        Que la propuesta de la Municipalidad de Venado Tuerto es actualizar el precio del pavimento en $ 420.023,00 como costo total de la obra, incluyendo el costo de materiales, mano de obra y equipo.

                        Que el costo de materiales es de $ 282.373,11, el costo de equipos es $ 70.977,90 y la mano de obra es $ 66.672,00.

                        Que la mano de obra está constituida por empleados municipales que cobran su sueldo mensualmente, por lo cual no debería incluirse en el precio total que se le cobra al vecino. Si descontamos la mano de obra del costo total, el precio final es de $ 353.351, lo que genera que el vecino terminaría pagando $ 17.629 por cada 10 metros de frente.

                        Que una cuadra de pavimento ofrece beneficios no solo para los frentistas, sino también para la ciudad, ya que contribuye en la urbanización y la limpieza; por lo tanto, los esfuerzos deben ser compartidos entre el vecino y el municipio. Al pavimentar una cuadra, el municipio se ahorra el costo diario del mantenimiento si ésta fuera de tierra, lo cual implica entre otros gastos mantener la maquinaria, los regadores y demás.

                        Que por otro lado, la propuesta de la Municipalidad de Venado Tuerto es actualizar el precio del cordón cuneta en 148 UTM por cada metro lineal, incluyendo el costo de materiales, mano de obra y equipo. Como en el caso anterior, la mano de obra está constituida por empleados municipales que cobran su sueldo mensualmente, por lo cual tampoco debería incluirse en el precio total que se le cobra al vecino. Si descontamos la mano de obra del costo total, el precio final es de $ 125.458, lo que genera que el vecino terminaría pagando $ 6.325 por cada 10 metros de frente.

                        Que la realización de la obra de cordón cuneta también ofrece beneficios no solo para los frentistas sino también para la ciudad, por lo tanto los esfuerzos deben ser compartidos entre el vecino y el Municipio. 

                        Que finalmente corresponde dejar constancia que la presente norma es votada por la afirmativa por los señores Concejales Chiarella, Díaz Vélez, Rostom, Downes y Vernetti; y por la negativa por los señores Concejales Bustos, Mastri, Vaccarini y Domínguez.

                        Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Modifíquese el art. 2 de la Ordenanza Nº 4025 – “Régimen de contribuciones de mejoras”, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Art.2.- Metodología del cálculo del precio del pavimento: Fíjese como precio unitario por m2 de pavimento integral urbano de hormigón simple de acuerdo a los índices de actualizaciones de precios y el polinomio de ajuste establecido en el presente artículo. El nuevo precio se fijará en 73 UTM/m2, incluyendo bocacalles.

Las obras de referencia serán ejecutadas primariamente por Administración Municipal aplicando un sistema mixto en el que la Municipalidad contratará con empresas abastecedoras la provisión en obra de hormigón elaborado, todo ello de conformidad con los presupuestos y estudios de costos realizados por la Secretaria de Obras Públicas. A partir de la promulgación de la presente ordenanza, los precios de las obras y su actualización se determinarán tomando como base el valor fijado para la UTM.

La estructura de costos que se establece con el objeto de proceder a los respectivos ajustes periódicos de cada cuota de pavimento de hormigón se desglosa del siguiente modo:

RUBRO

Incidencia sobre PRECIO

Costo de Materiales

79,91%

Costo de uso de equipos

20,09%

TOTAL

100%

 

Los criterios de ajustes para contemplar la variación del costo de la obra y consecuentemente el costo por metro cuadrado de pavimento serán los siguientes para cada ítem arriba mencionado:

Polinomio de ajuste: 79,91% MA + 20,09% EQ, en donde:

Materiales (MA): costo m3 de hormigón elaborado H-30 (al 10-12-2015 - $1647,90 IVA incluido)

Equipos (EO): costo litro de gasoil: $ 12,30 a diciembre de 2015 según el Automóvil Club Argentino.

 

Art.2.- Modifíquese el art 3 de la Ordenanza Nº 4025 “Régimen de contribuciones de mejoras”, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Art.3.- Faja central – Cálculo de precios: Establézcase el precio del pavimento de hormigón en el 85% (ochenta y cinco por ciento) del precio del pavimento integral de hormigón. Dicho porcentaje surge de considerar al cordón cuneta construido como parte de la futura obra y una consideración del 10% (diez por ciento) en la incidencia de la bocacalle, aun cuando el Municipio por razones de proyecto u operativas deba demolerlo. Por lo tanto el mismo se establece en 62 UTM/m2.

 

Art.3.- Modifíquese el art.4 de la Ordenanza Nº 4025 “Régimen de contribuciones de mejoras”, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Art.4.- Cordón cuneta – Cálculo de precio: Fíjese para el cordón cuneta de hormigón un precio por metro lineal de 110 UTM/m, siendo la estructura de costos por metro lineal ejecutado la siguiente:

RUBRO

Incidencia sobre PRECIO

Costo de Materiales

77,68%

Costo de uso de equipos

22,32%

TOTAL

100%

 

Los criterios de ajustes para contemplar la variación del precio del cordón cuneta son coincidentes con los del pavimento, variando su polinomio de ajuste:

Polinomio de ajuste: 77,68% MA + 22,32% EQ.

 

Art.4.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil dieciséis.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 2357-I-97

  • Derogada: NO

  • Vetada: SI

INFORMACIÓN ANEXA