Ordenanza

Starter Section

ORDENANZA Nº 4568/14 - Modifica el art. 1º de la ordenanza Nº 4414.-

Visto:

                        La sentencia judicial recaída en los autos caratulados “Banco Integrado Departamental C.L. s/Quiebra c/Municipalidad de Venado Tuerto s/Recurso Contencioso Administrativo” (Expte. Nº 194/04)”; la Ordenanza 4414/2013 y el infructuoso resultado de las tratativas con la Sindicatura de la Quiebra, y;

 

Considerando Que:

                        En la normativa citada, el Concejo Municipal autorizó al Departamento Ejecutivo a entregar la cantidad de setenta y seis lotes baldíos de propiedad estatal que integran su dominio privado para proceder a la cancelación de la deuda originada en el expediente referido con más sus accesorios (capital, honorarios, gastos causídicos, etc.).

                        Las reuniones que se han celebrado con el señor Síndico del proceso falencial, C.P.N. Juan A. Venturini, no arrojaron resultado positivo; en consecuencia, y dada la necesidad de proceder al pago de la condena, es criterio del Departamento Ejecutivo disponer la realización de los terrenos para así contar con el dinero en efectivo que permitirá la liberación municipal. A tales efectos, en primer término ha sido necesaria una rectificación en los valores venales que fueron aprobados en la normativa referenciada, habida cuenta de que los cálculos fueron efectuados al mes de noviembre del año 2013. Asimismo, y dadas las exigencias del Plan de Desarrollo Territorial, es imperativo proveer a los gastos de infraestructura, los que, de acuerdo con las diversas zonificaciones de los lotes, varían tanto por su exigibilidad -por ejemplo, en Barrio Los Robles- como en relación a su factibilidad (redes de desagües cloacales y agua potable).

                        Este costo de infraestructura que no estaba contemplado en la Ordenanza Nº 4414 ha tornado inevitable la modificación en la cantidad de lotes a afectar al pago de la deuda y sus accesorios; así, hoy se requieren setenta y ocho terrenos, cuyo producido, de acuerdo con las tasaciones que en el Anexo se acompañan, será suficiente para alcanzar la suma obligada, estimada en aproximadamente $ 24.000.000 (pesos veinticuatro millones). Por otra parte, y a los efectos de otorgar a los interesados en la compra mayor variedad de posibilidades para concertar esa operación, se ha considerado adecuado proponer dos modalidades de comercialización: una de ellas, por el sistema que ya ha sido empleado en otras ocasiones con efectos positivos , denominada “Venta con mejoramiento de oferta”, y la otra, por un sistema de inscripción de aspirantes que reúnan determinados requisitos y eventual sorteo, para el supuesto de que la cantidad de terrenos disponibles sea inferior a la de candidatos a su adquisición.

                        El tema fue minuciosamente debatido por la Comisión Municipal de Tierras en su reunión del pasado viernes 17 de octubre, arribando a un dictamen favorable a la propuesta presentada por el Departamento Ejecutivo por la totalidad de sus miembros. Incluso surgió de la propia Comisión la posibilidad de que el Departamento Ejecutivo, para ampliar las posibilidades de financiación a los interesados, gestione con entidades bancarias locales la habilitación de líneas de crédito con garantía hipotecaria, las que probablemente puedan otorgar mayores plazos de los previstos por esta normativa, depositándose el precio en las cuentas municipales al momento del otorgamiento de la escritura respectiva en una operatoria similar a la empleada con el Banco Hipotecario S.A. por el Programa de Crédito Argentino del Bicentenario, Pro.Cre.Ar.  

                        Finalmente corresponde dejar constancia que la presente norma es votada por la afirmativa por los señores Concejales Mastri, Had, Bustos, Vaccarini, Díaz Vélez, Vernetti y Aldasoro; y por la negativa por los señores Concejales Rostom y Paris.

                        Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Modifíquese el art. 1 de la Ordenanza Nº 4414, que quedará redactado de la siguiente manera:

Apruébese la individualización y venta y/o dación en pago de 78 (setenta y ocho) lotes de propiedad del Municipio, con sus respectivas cotizaciones de valor venal, que en Anexo I se adjunta y forma parte integrante de la presente ordenanza, para aplicar a la cancelación de capital, intereses, gastos, costas, honorarios y toda otra deuda a cargo de la Municipalidad de Venado Tuerto emergente de los autos caratulados “Banco Integrado Departamental C.L. s/Quiebra c/Municipalidad de Venado Tuerto s/Recurso Contencioso Administrativo” (Expte. Nº 194/04).

.

Art.2.- Dispóngase la realización directa por parte de la Municipalidad de Venado Tuerto de los lotes referidos en el artículo primero para cancelar en efectivo las deudas referidas.

 

Art.3.- Dispónese que los lotes identificados en la reserva 179 (13 lotes), 4H (11 lotes), 4I (4 lotes), 4J (4 lotes) y 4K (1) se realicen bajo la modalidad de Venta con Mejoramiento de Oferta según el procedimiento administrativo que a esos efectos remitirá el Departamento Ejecutivo Municipal (Anexo II).

 

Art.4.- Dispóngase que los lotes identificados en la reserva 98C (8 lotes), 150 (32 lotes) y 109A (5 lotes), se realicen bajo la modalidad del Sistema de Venta Directa, Registro y Sorteo, de acuerdo con el procedimiento administrativo que a tales efectos remitirá el Departamento Ejecutivo Municipal (Anexo III).

 

Art.5.- A los fines de ampliar las posibilidades de financiación para los interesados, el Departamento Ejecutivo gestionará con entidades bancarias locales el otorgamiento de créditos con garantía hipotecaria, depositando el precio en efectivo en la cuenta municipal al momento del otorgamiento de la escritura traslativa del dominio. Este financiamiento podrá ser utilizado para cualquiera de los dos modalidades de venta previstas en los arts. 3 y 4 de esta ordenanza.

 

Art.6.- Destínese la suma que resultare excedente para la ejecución de la infraestructura requerida por el Plan de Desarrollo Territorial de acuerdo con la zona.

 

Art.7.- En el término de 30 (treinta) días hábiles de concluidos los procesos de ventas, el Departamento Ejecutivo Municipal elevará un informe al Concejo Municipal detallando el producido bruto de las ventas, gastos consumidos e importe remanente afectado al pago de los conceptos comprendidos en el art. 1.

 

Art.8.- Previo pago, el Departamento Ejecutivo Municipal elevará al Concejo Municipal para su aprobación el convenio al que se arribare con la parte actora, sus letrados y demás gastos causídicos.

 

Art.9.- El producido de la realización de los inmuebles individualizados en el art. 1 será afectado en forma exclusiva a la cancelación de las acreencias derivadas de los autos individualizados en el mismo. En caso de que pendiente aún de concertación u homologación judicial el acuerdo al que se arribare se hubiere dado inicio a las operaciones de venta, los fondos que se obtuvieren serán depositados en una cuenta especial a los fines del cumplimiento de la presente ordenanza. 

 

Art.10.- Los ingresos que provengan del cumplimiento de la presente ordenanza serán imputados a la cuenta presupuestaria “Venta de lotes B.I.D. Nº 878/7” del Presupuesto General de Gastos y Recursos del año en curso.  

 

Art.11.- Los egresos originados en la ejecución de la presente ordenanza serán imputados, según corresponda, a las cuentas presupuestarias “Amortización deuda Banco B.I.D. Nº 4024/8”, “Gastos de escrituración venta lotes B.I.D. Nº 4020/8”, “Gastos de mensuras venta lotes B.I.D. Nº 4021/8”, “Honorarios judiciales venta lotes B.I.D. Nº 4022/8” y “Gastos de infraestructura venta lotes B.I.D. Nº 4023/8” del Presupuesto General de Gastos y recursos del año en curso.  

 

 

 

Art.12.- Comuníquese, publíquese y archívese.

  

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día cinco del mes de diciembre del año dos mil catorce.   


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4098-V-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA