Ordenanza

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Visto:

La Ordenanza Nº 4297 que autorizó la celebración de un contrato entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la Cooperativa Limitada de Consumo Popular de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto (C.E.V.T.) para la ejecución de obras de alumbrado público correspondientes al período 2012/2013 en el marco de las pautas establecidas por la Ordenanza Nº 3801, y;

 

Considerando Que:

Conforme con las disposiciones vigentes, la C.E.V.T. presentó ante la Autoridad de Aplicación un detalle de los montos efectivamente recaudados y los invertidos. La Autoridad de Aplicación ha emitido un despacho concluyendo que considera conveniente dar por aprobadas las actuaciones de la entidad relativas al cumplimiento del Plan de Alumbrado Público ejecutado durante el período, así como del saldo positivo de $ 491.185,23.

Asimismo, ha dado por aprobada la cuenta que establece en la suma de $ 491.185,23 (pesos cuatrocientos noventa y un mil ciento ochenta y cinco con 23 ctvs,) la cifra a trasladar en concepto de mayores inversiones para el período 2014.

El convenio específico referido establecía que el plan se financiaría con una contribución para obras de alumbrado público, fijada en el 3,4% del consumo de energía eléctrica y cargo fijo para distintas categorías de usuarios del servicio que la norma enumera, a percibir por la C.E.V.T. por el período de vigencia del contrato, tal lo dispuesto en la Ordenanza que fija el marco para los convenios particulares Nº 3801, y con un tope máximo para la categoría Grandes Potencias determinado en la suma de $ 400. Dicho tope no ha sido modificado para el periodo 2014 que comprende desde el 1º de enero al 31 de diciembre del corriente año, y, por ende, debería modificarse a partir del 1º de enero de 2015, considerando dos periodos con una actualización duplicada de la aprobada para el periodo 2012/2013, o sea de 62,71%, llevando el tope de las grandes potencias a la cifra de $ 650,00 (pesos seiscientos cincuenta).

El costo de las obras y la recaudación efectuada se ha compensado hasta diciembre de 2013, y, por ende, a partir de ahora el año de ejecución de obras coincidirá con el calendario. En razón de que la C.E.V.T. ha continuado percibiendo tal contribución, corresponde aplicar los montos respectivos al nuevo plan de obras a ejecutar correspondiente al período 2014.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y facultades, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Apruébense las actuaciones de la Cooperativa Limitada de Consumo Popular de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto (C.E.V.T.) en todo lo relativo a la ejecución del Plan de Alumbrado Público para el período 2012/2013, en cumplimiento de las Ordenanzas Nº 3801, 4013 y 4297.

 

Art.2.- Dispóngase la aplicación del saldo excedente, $ 491.185,23 (pesos cuatrocientos noventa y un mil ciento ochenta y cinco con 23 ctvs.) a la inversión a realizar para el siguiente proyecto de obra de alumbrado público correspondiente al período 2014.

 

Art.3.- Asígnese la contribución especial para ejecución de obras de alumbrado público percibida desde el 1º de julio de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2014 al plan de obras período 2012/2013 y 2014.

 

Art.4.- Autorícese a la C.E.V.T. la continuidad de la percepción del tributo referido en el artículo precedente para aplicar al proyecto de obra correspondiente al período 2014.

 

Art.5.- Fíjese en la suma de $ 650 (pesos seiscientos cincuenta) el tope máximo para la categoría “Grandes Potencias” a partir del 1º de enero de 2015.

 

Art.6.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día primero del mes de octubre del año dos mil catorce.

 


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3957-I-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA