Ordenanza

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Ordenanza Nº 4470/14 - Adhiere a la Ley Nacional Nº 26858.-

Visto:

La sanción de la Ley Nº 26.858 en el Congreso de la Nación respecto de la necesidad de personas no videntes, con problemas motrices y/o neurológicos o distintas discapacidades de utilizar perros para poder guiarse o rehabilitarse; y,

 

Considerando:

Que es una tendencia creciente que personas con discapacidades reciban el acompañamiento permanente de canes adiestrados para poder desplazarse o guiarse a través de los distintos espacios públicos y privados de la ciudad.

Que los perros sirven de guía para personas ciegas o con visión disminuida dándole independencia y apoyo psicológico, y muchas personas no videntes no pueden desplazarse sin la ayuda de perros guías.

Que la Ley Nacional Nº 26.858 prevé la autorización de libre desplazamiento de perros guías que acompañan a personas con distintas capacidades tanto para espacios públicos como bares, bancos y demás comercios de concurrencia masiva sean de índole privada o pública.

Que resulta fundamental el ejercicio del derecho dispuesto en el art. 10 de la Ley mencionada en relación al uso público o privado de pasajeros sujeto a la accesibilidad y supresión de barreras para las personas con discapacidad acompañadas de perros guías o de asistencia, como así también todos los lugares públicos o privados de acceso público.

Que la Ley Nº 26.858 también prevé todo lo que concierne a la identificación del animal, habilitaciones y certificados de adiestramiento tanto nacionales como internacionales, obligaciones del dueño, condiciones higiénicas y sanitarias del perro guía.

Que será competencia de la dirección de Inspección General de la Municipalidad de Venado Tuerto el control, vigilancia y cumplimiento de esta ley y de sus normas reglamentarias respecto a las presuntas infracciones cometidas, tanto provenientes por dueños, inquilinos o encargados de los locales comerciales o de transportistas, como así también de los dueños de los perros guía y/o asistencia.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

O R D E N A N Z A

 

Art.1.- Adhiérase a la Ley Nº 26.858 sancionada el 22 de mayo del 2013 y promulgada el 10 de junio de 2013 en el Honorable Congreso de la Nación.

 

Art.2.- La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será la Dirección de Inspección General de la Municipalidad de Venado Tuerto, que llevará el control, vigilancia y cumplimiento de la misma.

 

Art.3.- Facúltese al DEM a realizar la instalación de letreros visibles en los distintos espacios de la ciudad que muestren la posibilidad de libre desplazamiento de mascotas guías y/o de acompañamiento para personas discapacitadas.

 

Art.4.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil catorce.

 


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3309-C-00

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA