Ordenanza

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Visto:

El Programa Municipal de Inversiones dependiente del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe, mediante el cual se otorgan préstamos a municipalidades y comunas en el marco de la operatoria de financiamiento a municipios con recursos que provienen de aportes provinciales y del Fondo Municipal de Inversiones creado por Leyes Provinciales Nº 10264/88 y 11.301/95, préstamos BIRF Nº 2920-AR, BIRF 3860-AR y BID 830/CO 932/SF-AR, e implementado por los Decretos Provinciales Nº 1247/99, 391/00, 1621/04 y 1931/08, y;

 

Considerando Que:

Por las leyes Nº 10.264, 11.301 y 11.913 se han ejecutado en la Provincia de Santa Fe los Programas de Financiamiento a Municipios identificados como “P.D.M. - Préstamo BIRF 2920-AR”, “P.D.M. II - Préstamo BIRF 3860-AR” y PRODISM “Préstamo BID 830/OC-932/SF-AR”.

Por los Decretos Provinciales Nº 1321/04 y 1931/08, el gobierno de la provincia ha implementado la operatoria “Fondo Municipal de Inversiones - Operatoria en Pesos” para el financiamiento de proyectos de similares características a los ejecutados en el marco de los citados programas con financiamiento externo.

Resulta de interés impulsar el proyecto de inversión “Ejecución Obras de Pavimento Calles Internas y Ampliación Alumbrado Público - Parque Industrial La Victoria de Venado Tuerto” presentado por la Cooperativa de Parques Industriales, Comercialización, Provisión y de Servicios Públicos de Venado Tuerto.

Las condiciones establecidas en el “Convenio de Préstamo Marco Provincia - Municipio” que forma parte del citado Decreto serán beneficiosas para los intereses de este Municipio.

Previo a la suscripción del Convenio, es necesario que tanto el proyecto físico objeto de aquél como la previsión del recupero del monto de la inversión sean aprobados mediante Ordenanza.

Como forma de pago y garantía de las obligaciones financieras que asuma el municipio mediante el convenio de préstamo, se deben afectar los fondos de coparticipación provincial y los aportes que eventualmente correspondan al municipio, como así también autorizar la retención de los mismos sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna en forma automática por Tesorería y Contaduría General de la provincia y el Agente Financiero Provincial.

El tema fue tratado en sesión del Concejo Municipal de Venado Tuerto en su sesión de fecha 12/02/2014, Acta N 2138.

Con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Declárese de interés municipal el proyecto de inversión “Ejecución Obras de Pavimento, Calles Internas y Ampliación Alumbrado Público - Parque Industrial La Victoria de Venado Tuerto”.

 

Art.2.- Autorícese al señor Intendente Municipal a tomar un préstamo en el marco del Fondo Municipal de Inversiones - Operatoria en Pesos destinado a financiar la inversión mencionada en el artículo precedente, y, como consecuencia de ello, apruébese el modelo de convenio de préstamo “Marco” que se anexa a la presente, el que se considera parte integrante de esta Ordenanza.

 

Art.3.- Autorícese al señor Intendente Municipal a suscribir un convenio de préstamo con el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, conforme los términos establecidos en el modelo citado en el artículo anterior, y por un presupuesto estimativo de proyecto de $ 1.650.977, 20 (pesos un millón seiscientos cincuenta mil novecientos setenta y siete con 20 ctvs.) a octubre de 2013, siendo el monto definitivo de endeudamiento hasta un 80% del monto que resulte del proceso de contratación, significando el mismo un importe total de $ 1.327.781, 70 (pesos un millón trescientos veintisiete mil setecientos ochenta y uno con 70 ctvs.).

Art.4.- Autorícese al señor Intendente Municipal para que mediante el dictado de las normas legales correspondientes, ejecute el proyecto identificado en el art. 1 de la presente Ordenanza en el marco del Programa Municipal de Inversiones, implementando los mecanismos necesarios que permitan el recupero del monto de la inversión del proyecto, el que podrá ser asumido por los beneficiarios del mismo.

 

financiamiento a suscribir con el Parque Industrial “La Victoria” , que obra como anexo al presente.

 

Art.6.- Autorícese la afectación de los fondos de coparticipación provincial y los aportes que eventualmente le correspondieran al municipio como garantía de los compromisos financieros que asuma mediante el convenio de préstamo el señor Intendente Municipal.

 

Art.7.- Autorícese a la Contaduría y Tesorería de la Provincia de Santa Fe y al Agente Financiero Provincial a retener, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna y en forma automática, los montos de los servicios de la deuda. Esta autorización se extiende para los casos de aplicación de intereses por mora y comisión de compromiso.

 

Art.8.- Remítase copia de la presente a la Dirección del Programa Municipal de Inversiones (PROMUDI).

 

Art.9.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los doce días del mes de febrero del año dos mil catorce.

 


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 1684-C-95

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA