Ordenanza
Ordenanza Nº 4370/13 - Modifica el item 3.3.7 del reglamento de edificación.-
Visto:
La solicitud del Colegio de Arquitectos de permitir balcones en las ochavas; y,
Considerando:
Que el tema fue tratado en la Comisión Mixta de Gestión del Plan Territorial en la reunión del día martes 1º de Octubre de 2013, y que se refleja en el Acta Nº 40 de la siguiente manera: “También solicitaron que se saque la prohibición de hacer balcones en ochavas. El argumento es que éste es una derivación de ordenanzas de otras ciudades donde las veredas son muy angostas y el balcón en la ochava invade la línea de la calzada. Esto en nuestra ciudad no ocurre porque las veredas son más anchas. Se aceptó la propuesta, pero con la condición de que estos balcones nunca estuvieran a menos de 1,5 metros de distancia y 4,5 metros de altura de la calzada.”.
Que se considera razonable la solicitud del Colegio de Arquitectos.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Modifíquese el Ítem 3.3.7 del Reglamento de Edificación, el que quedará redactado de la siguiente manera:
3.3.7. Salientes de balcones.
En los pisos altos los balcones de la fachada principal pueden sobresalir de la Línea Municipal en una medida igual a la duodécima parte del ancho de la calle, no pudiendo exceder 1 metro, excepción hecha de los que corresponden a edificios frente a plazas y parques, que podrán tener un saliente máximo de 1,20 metros.
En las ochavas los balcones no serán permitidos a menos de 4,5 metros sobre el nivel de la calzada y deberán tener una distancia desde la proyección vertical hasta el cordón de la vereda mayor a 1,5 metros.
La baranda o antepecho tendrán una altura no menos a 0.90 metros, medidos desde el solado del balcón y sus caladuras y los espacios existentes entre los elementos constructivos resguardarán de todo peligro.
Cualquier parte del balcón se apartará por lo menos 0,15 metros del eje divisorio entre predios.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil trece.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3967-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO