Ordenanza

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Ordenanza Nº 4363 - Modifica el art. 7º del título II del plan de desarrollo territorial.-

Visto:

El parámetro de Factor de Densidad Habitacional en las parcelas frentistas a Avenida Chapuy entre Rosa Larriera y Lusenhoff y Avenida Santa Fe entre Quintana y Lusenhoff, numeración par, pertenecientes a la Zona Z6, inferior al mismo parámetro en las mismas avenidas en la zona Z4; y,

 

Considerando:

Que de acuerdo a los criterios generales del Plan de Desarrollo Territorial, estos parámetros tienden a la densificación hacia el centro y no a la inversa.

Que se infiere en consecuencia que el mismo se trata de un error que se debe subsanar.

Que el tema se trató en la reunión de fecha 29 de Octubre de 2013  y que se refleja en el Acta Nº 41 de la Comisión Mixta de Gestión Territorial, de la siguiente manera: “Se pasó luego a tratar el tema del parámetro del Factor de Densidad Habitacional para las parcelas frentistas a Avenida Chapuy entre Rosa Larriera y Lusenhoff y Avenida Santa Fe entre Quintana y Lusenhoff numeración par. De acuerdo al Plan en los casos que cuente con red cloacal el Factor de Densidad Habitacional máximo será de 1 (una) unidad funcional de vivienda y/o oficina cada 30 m2. (treinta metros cuadrados) de terreno. Se consideró que este valor debería ser elevado a 50 m2. (cincuenta metros cuadrados) para ser coherente con el mismo parámetro de estas avenidas en la zona 4 donde ese valor es justamente una unidad cada 50 (cincuenta metros cuadrados). Se aceptó este criterio dado que si bien hay una propuesta de que este sector de la avenida Santa Fe pase a ser corredor de ruta, en caso de que el mismo se resuelva afirmativamente, este parámetro valdrá para la Avenida Chapuy.”.

Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Modifíquese el Art. IX. 7 del Titulo II del Plan de Desarrollo Territorial el que quedará redactado de la siguiente manera:

IX.7.

El presente artículo determina las condiciones particulares a las que se someten los edificios, los parcelamientos y cualquier otra obra de edificación y/o urbanización en la Zona 6 – Barrios de usos mixtos delimitada según el Anexo 1 y los Planos 2 y 3 del Anexo 6 – Anexo Gráfico.

Zona

Patrón de urbanización propuesto

Z6

Barrios de Usos Mixtos

Son sectores dotados parcialmente de infraestructura que se encuentran en fases intermedias y finales de consolidación urbana. En ellos conviven la residencia de baja densidad, usos de servicios y productivos de bajo nivel de molestia. El amanzanamiento es regular aunque con diversidad de tipologías (especialmente cuadrada y rectangular “tipo tallarín”) y de dimensiones. Al igual que en la Z3, Z4 y Z5, sobre las Avenidas Principales y Secundarias de la zona se promueve la localización de actividades terciarias con el fin de conformar corredores comerciales y de servicios que atiendan fundamentalmente a los barrios adyacentes.

Morfología propuesta: Edificación de PB y hasta 2 niveles con grado medio de ocupación del suelo y alineación y retiros laterales sin restricciones.

 

1. Normas generales de la edificación y de sus relaciones con el entorno

Cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo V

1.1. Parámetros urbanísticos relativos a la posición de la edificación en la parcela

Retiro de Frente: No obligatorio salvo en los casos previstos en la Sección 2 del Capítulo V de este Título.

Retiro Lateral: No obligatorio

Retiro de Fondo: Cumplirá lo dispuesto en la Sección 2 del Capítulo V de este Título.

1.2. Parámetros urbanísticos relativos a la ocupación de la parcela

Factor de Ocupación del Suelo (FOS) máximo: PB: 0,7. PA: 0.6

Índice de Permeabilidad: como mínimo 40% de la superficie resultante del FOS deberá ser parquizada y forestada

1.3. Parámetros urbanísticos relativos a la capacidad constructiva

Factor de Ocupación Total (FOT) máximo: 1,4

Factor de Densidad Habitacional

En los casos que el predio cuente con servicio de red cloacal el FDH máximo será de 1 unidad funcional de vivienda y/o oficina cada 80 m2 de terreno.

En los casos que el predio no cuente con servicio de red cloacal el FDH máximo será de 1 unidad funcional de vivienda y/o oficina cada 120 m2 de terreno.

En cualquiera de los casos, si el cociente no fuera un número entero se tomará el número entero inmediato inferior.

1.4. Parámetros urbanísticos relativos al volumen y forma de la edificación

Tipología urbana de edificación: manzana mixta

Altura máxima de fachada: 11 m (once metros)

Plano límite: 16 m (dieciséis metros)

1.5. Parámetros relativos al estacionamiento de los vehículos y a los espacios para carga y descarga

Se regirá según lo determinado tanto en la Sección 6 del Capítulo V de manera general como en el Anexo 2 para cada uso.

 

2. Régimen de usos

Cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo VI y en forma particular se regirá por lo determinado en el Anexo 4.

 

3. Parcelamientos

Cumplirá las disposiciones generales del Capítulo VII.

Dimensiones mínimas permitidas para las parcelas:

- Superficie mínima: 250 m2 (dos cientos cincuenta metros cuadrados)

- Lado mínimo: 10 m (diez metros)

 

4. Condiciones particulares para las parcelas frentistas a avenidas principales y secundarias en la Z6 EXCEPTO Avda Chapuy entre Rosa Larriera y Lusenhoff y Avda Sta Fe entre Quintana y Lusenhoff

Las siguientes condiciones rigen para las parcelas frentistas a avenidas principales y secundarias en la Z6 solo en aquellos casos que la edificación incluya local destinado a actividades terciarias en PB:

Factor de Ocupación del Suelo (FOS) máximo: PB: 0,7. PA: 0.6

Índice de Permeabilidad: 20% de la superficie libre resultante del FOS que deberá ser parquizado y forestado.

Factor de Ocupación Total (FOT) máximo: 1,5 aplicable de forma indistinta a todos los usos permitidos en la Zona

Altura máxima de fachada y plano límite: A las dimensiones establecidas en el Inciso 1.4. se le podrá adicionar 3 m (tres metros) a la altura máxima y 4 (cuatro) metros al plano límite

Los parámetros no consignados en el este Inciso se rigen por los valores establecidos para la Zona en los Incisos 1, 2 y 3.

 

5. Condiciones particulares para las parcelas frentistas a Avda Chapuy entre Rosa Larriera y Lusenhoff  y Avda Sta Fe entre Quintana y Lusenhoff  numeración par

Las siguientes condiciones rigen para estas parcelas solo en aquellos casos que la edificación incluya local destinado a actividades terciarias en PB:

Factor de Ocupación del Suelo (FOS) máximo: 0,6

Factor de Ocupación del Suelo (FOS) Planta Baja máximo: 0,7

Índice de Permeabilidad: 15% de la superficie libre resultante del FOS que deberá ser parquizado y forestado.

Factor de Ocupación Total (FOT) máximo: 2

Altura máxima de fachada  14 metros (con retiro voluntario  17 m) y plano límite 20 metros (con retiro voluntario  23 m)

Factor de Densidad Habitacional

En los casos que el predio cuente con servicio de red cloacal el FDH máximo será de 1 unidad funcional de vivienda y/o oficina cada 50 m2 de terreno.

En los casos que el predio no cuente con servicio de red cloacal el FDH máximo será de 1 unidad funcional de vivienda y/o oficina cada 120 m2 de terreno.

Los parámetros no consignados en el este Inciso se rigen por los valores establecidos para la Zona en los Incisos 1, 2 y 3.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil trece.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3967-I-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA