Ordenanza
Visto:
La necesidad de trasparentar y facilitar información respecto de las multas por infracciones de tránsito; y,
Considerando:
Que la Ordenanza Nº 2725 establece el Código de Faltas Municipal junto con las sanciones y funciones del Tribunal de Faltas, aplicándose a todo tipo de faltas, infracciones y/o contravenciones que se cometan en la ciudad, cuya aplicación y/o sanción corresponda a la Municipalidad de la ciudad de Venado Tuerto.
Que el art. 65 fija multas en Unidades Fiscales (U.F.) por cada infracción a las ordenanzas de tránsito, enumerando 58 contravenciones y sus correspondientes sanciones.
Que además la Ordenanza Nº 3943 actualiza la OGI para la ciudad de Venado Tuerto, modificando entre otros puntos lo referido a derecho de estadía, costo de traslado con grúa y costo por confección de actas, notificaciones, copias fotográficas y demás actuaciones inherentes a infracciones de tránsito.
Que consideramos pertinente facilitar la información a la ciudadanía, colocando en el Tribunal de Faltas un listado de las multas en U.F. por cada infracción de tránsito, detallando además el valor actualizado de la U.F. para el correcto cálculo de los montos que correspondan a cada inciso.
Que otro dato que consideramos menester incluir en el listado es el costo diario de permanencia por vehículo en los corralones municipales. Este sencillo procedimiento permite al infractor contar con información fehaciente respecto de las sanciones por infracción fijadas por el citado Tribunal, trasparentando el procedimiento y librando a las partes de cualquier duda.
Que un caso ejemplificador de la necesidad planteada en la presente fue plasmado en la Comunicación Nº 4987, detallando lo ocurrido con un vecino de nuestra ciudad cuyo vehículo fue secuestrado y dirigido al corralón municipal a raíz de haber cometido una infracción de tránsito. Al pretender saldar la multa, que en principio fue fijada en $ 1.300, se le comunicó que su vehículo había sufrido robos dentro del corralón. Posteriormente el propietario acercó, por pedido del propio Tribunal, un presupuesto de los elementos faltantes que ascendía a los $ 6.800. Finalmente, se le manifestó al conductor que el monto de la multa había ascendido a unos $ 7.000, debido a que se contabilizaron otros costos, como la permanencia del vehículo en el corralón.
Que esta situación generó polémica, evidenciando entre otras cosas la necesidad de transparentar los montos de multas y los costos de permanencia en el corralón municipal.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Establézcase en el ámbito del Tribunal de Faltas de la ciudad de Venado Tuerto la obligatoriedad de exhibir un listado informativo en el que se detalle a la ciudadanía:
a)- Infracciones de tránsito y sus respectivas multas en Unidades Fiscales (U.F.), conforme figure en el Código de Faltas Municipal.
b)- Derecho de estadía diario y recargo por larga estadía para todo propietario de vehículo automotor que sea trasladado al corralón municipal, y su respectivo costo en UTM conforme Artículos 160 y 161 de la OGI.
c)- Costo de traslado de vehículos infractores hacia el corralón municipal con grúa municipal o contratada a tal efecto, y su respectivo costo en UTM conforme art. 162 de la OGI.
d)- Costo por confección de actas, notificaciones, copias fotográficas y demás actuaciones inherentes a infracciones de tránsito y su respectivo costo en UTM conforme lo establece el Artículo 165 inciso “h” de la OGI.
La enumeración anterior no excluye la posibilidad de que, por considerarlo pertinente las autoridades del Tribunal de Faltas, se agregue mayor información concerniente al Código de Faltas y las penalidades vigentes. Cada infracción o servicio deberá estar acompañado de su costo en UF (Unidad Fiscal) o UTM (Unidad Tributaria Municipal), según corresponda, y su equivalente en pesos argentinos.
Art.2.- El listado referido en el artículo precedente será de clara lectura y se ubicará en un lugar de fácil y rápido acceso, debiendo ser actualizado cada vez que alguno de los valores de los incisos referidos en el art. 1 se modifique.
Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil trece.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3068-I-99
- Derogada: NO
- Vetada: NO