Ordenanza
Ordenanza Nº 4309/13 - Enmienda el Art. 5º de la Ordenanza Nº 4094.-
Visto:
La Ordenanza Nº 4094/12 por la que se aprueba el proyecto de subdivisión de un sector de la Zona Especial de Desarrollo Económico (ZEDE) del Plan de Desarrollo Territorial; y,
Considerando:
Que la misma se realizó en función de la Ordenanza Nº 4073/11 que define la Zona Especial de Desarrollo Económico (ZEDE).
Que por ella se define el criterio a donar lotes al municipio en función de plusvalía.
Que el art. 8 establece: La plusvalía que la presente ordenanza otorga a los inmuebles ubicados dentro de la ZEDE cuando fueren autorizados a la subdivisión para este fin, deberá ser compensada con la donación al Municipio del quince por ciento (15%) de la tierra urbanizada neta del proyecto, como capital de inversión para el desarrollo de proyectos de mejoras para la ciudad.
Que el art. 9 dispone: La donación del porcentaje determinado en el artículo precedente será sobre la totalidad del proyecto, aunque el mismo fuere previsto por etapas como solución financiera del mismo y deberá estar deslindado por mensura de subdivisión en la primera etapa del proyecto.
Que en función de estos dos artículos, cuando se aprobó la Ordenanza se aceptó la donación de un lote de trescientos treinta y dos metros con veinticinco centímetros (332,25 ms.) por ciento noventa y seis metros (196 ms.).
Que este lote surge del criterio descripto y no del criterio anterior del quince por ciento (15%) del título, como está definido para el resto de los lotes urbanos.
Que por lo tanto, el art. 5 de la Ordenanza Nº 4094/12 debe decir: Art.5.- La presentación de la mensura de subdivisión de la primera etapa de ambos sectores descripta en el Art. 3 deberá definir la totalidad de las calles internas y la superficie correspondiente del concepto de plusvalía.
Que sin hacer mención al quince por ciento (15%) dado, el mismo fue donado y figura con sus medidas en el art. 1 de la misma.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Enmiéndese el art. 5 de la Ordenanza Nº 4094/12, el que quedará redactado de la siguiente manera: Art.5.- La presentación de la mensura de subdivisión de la primera etapa de ambos sectores descripta en el Art. 3 deberá definir la totalidad de las calles internas y la superficie correspondiente del concepto de plusvalía.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil trece.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3967-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO