Ordenanza
Ordenanza Nº 4271/13 - Dispone la utilización de biodiesel en los colectivos del TUP
Visto:
La necesidad de implementar el uso de biodiesel en el servicio del transporte urbano de pasajeros que brinda la Municipalidad de Venado Tuerto; y,
Considerando:
Que el biodiesel es un biocombustible líquido que se obtiene a partir de lípidos naturales como aceites vegetales o grasas animales, con o sin uso previo.
Que a principios del siglo XXI, en el contexto de búsqueda de nuevas fuentes de energía, se impulsó su desarrollo para su utilización en automóviles como combustible alternativo a los derivados del petróleo.
Que se genera mediante procesos industriales de esterificación y transesterificación.
Que se aplica en la preparación de sustitutos totales o parciales del petrodiesel o gasoil obtenido del petróleo.
Que se debe tener en cuenta que esta alternativa a los derivados del petróleo, si son manipulados y reciclados correctamente, pueden generar un menor impacto ambiental que otros combustibles.
Que el biodiesel disminuye de forma notable las principales emisiones de los vehículos, como son el monóxido de carbono y los hidrocarburos volátiles, en el caso de los motores de gasolina, y las partículas, en el de los motores diesel. Además no tiene compuestos de azufre, por lo que no los elimina como gases de combustión.
Que la producción de biodiesel supone una alternativa en el uso del suelo que evita los fenómenos de erosión y desertificación a los que pueden quedar expuestas aquellas tierras agrícolas que, por razones de mercado, están siendo abandonadas por los agricultores.
Que el biodiesel supone un ahorro de entre un 25% a un 80% de las emisiones de CO2 producidas por los combustibles derivados del petróleo, constituyendo así un elemento importante para disminuir los gases invernadero producidos por el transporte.
Que debemos tener en cuenta la posibilidad de “reciclar” o “reutilizar” el aceite como combustibles porque desde hace años, en diferentes partes del mundo, se vienen desarrollando y poniendo en práctica diferentes modos en la utilización de este combustible vegetal.
Que estimular la producción de biodiesel implica estimular y diversificar la producción nacional y promover el empleo en la región, lo que trae como consecuencia el desarrollo integral de la región.
Que en nuestro país, a través del impulso del Gobierno Nacional, se sancionó la Ley 26.093 en abril de 2006. Constituyéndose en la piedra basal del marco regulatorio de los biocombustibles de la República Argentina, resultando aplicable a las actividades de producción, mezcla, distribución, comercialización, consumo y autoconsumo de biocombustibles. Argentina es uno de los países líderes en el mercado mundial de biodiesel, ubicado entre los cinco mayores productores.
Que nuestra región posee el potencial de producción de materia prima para realizar biodiesel. Es la región con mayor producción de soja y aceite de soja, y de veinte plantas productoras de biodiesel en el país, la mayoría están localizadas en nuestra región.
Que se debe tener en cuenta y potenciar las ventajas ambientales, técnicas y económicas a partir de la implementación de este tipo de combustibles en los transportes municipales de la ciudad.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Aplíquese la utilización de combustibles biodiesel en los colectivos que componen la flota del servicio de transporte urbano de pasajeros de la ciudad de Venado Tuerto.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los quince días del mes de mayo del año dos mil trece.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 353-I-92
- Derogada: NO
- Vetada: NO