Ordenanza
Visto:
Las Resoluciones de la Asamblea General de la O.N.U. Nº 65/154 y 47/193, y;
Considerando Que:
El agua es fundamental para el desarrollo sustentable, particularmente en lo referido a la integridad medioambiental, erradicación de la pobreza y el hambre; es indispensable para la salud y el bienestar del hombre y crucial para lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio (Res. Nº 65/1).
Conforme con los datos de la misma fuente, hoy en día hay 7.000 millones de personas que alimentar en el planeta y se prevé que habrá otros 2.000 millones para el año 2050. Las estadísticas indican que las personas beben de 2 a 4 litros de agua a diario; sin embargo, la mayor parte del agua que “bebemos” está incorporada en los alimentos que consumimos: por ejemplo, producir 1 kilogramo de carne de vacuno consume 15.000 litros de agua y 1 kilogramo de trigo se “bebe” 1.500 litros.
En todas las etapas de la cadena de suministro, desde los productores hasta los consumidores, es posible tomar medidas para ahorrar agua y asegurar que haya alimentos para todos.
Con el objetivo de concientizar al mundo sobre la importancia de tan inestimable y preciado bien, la Organización de las Naciones Unidas ha dictado numerosas disposiciones; entre ellas cabe mencionar a la Resolución Nº 55/196 del 20/12/00, que proclamó al 2003 como el “Año Internacional del Agua Dulce”, la Resolución Nº 58/217 del 23/12/03, que proclamó el Decenio Internacional para la Acción “El Agua, Fuente de Vida” 2005/2015, la Resolución Nº 1980/67 del Consejo Económico y Social del 25/07/80, relativa a los años y aniversarios internacionales y las Resoluciones de la Asamblea General Nº 53/199 del 15/12/98 y 61/185 del 20/12/06, la Resolución Nº 64/292 del 28/07/10 relativa al derecho humano al agua y al saneamiento, entre muchas otras.
Reafirmando los objetivos mencionados, se ha decidido la meta de lograr la reducción a la mitad, para 2015, de la cantidad de personas que carecen de acceso al agua potable, elaborando planes de gestión integrada y aprovechamiento eficiente de los recursos hídricos.
Profundizando los objetivos de las disposiciones mencionadas, se ha dispuesto reconocer al presente año como el de la cooperación en la esfera del agua. Asimismo cabe recordar que la Municipalidad de Venado Tuerto ha adherido al programa de Naciones Unidas “Metas del Milenio” -Ordenanza Nº 3397/2006-, a los efectos de articular acciones entre los sectores de la sociedad civil y el sector público para tender a su logro.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Adhiérase la Municipalidad de Venado Tuerto a la Resolución Nº 65/154 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que proclama al año 2013 como “Año Internacional de la Cooperación en la Esfera del Agua”.
Art.2.- Adhiérase la Municipalidad de Venado Tuerto a la Resolución Nº 47/193 del 22/12/92, relativa a la celebración del “Día Mundial del Agua” el 22 de marzo de cada año.
Art.3.- Difúndanse en todos los ámbitos públicos y privados que integran la comunidad venadense los lineamientos generales y específicos que dan fundamento a las Resoluciones mencionadas en los artículos precedentes.
Art.4.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil trece.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 4424-C-08
- Derogada: NO
- Vetada: NO