Ordenanza

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Visto:

Los arts. 2 y 3 de la Ordenanza General Impositiva vigente Nº 3943, y;

 

Considerando Que:

En el primero de los artículos citados se determina el valor de la Unidad Tributaria Municipal (U.T.M.) para el corriente año 2011, en tanto en el segundo se establece el mecanismo para su actualización en el supuesto de producirse variaciones que superen el 5 % de su valor base.

Tal como lo dispone el mismo, las variables a considerar son: a) las remuneraciones para la categoría 15 del escalafón municipal; b) el precio oficial del gasoil; y c) el índice de precios mayoristas nivel general del INDEC, cada uno de los cuales incide en la formación del coeficiente en un porcentaje determinado (65, 15 y 20 %, respectivamente).

Como surge de la Tabla anexa al presente proyecto, se han producido las condiciones de hecho que posibilitan un reajuste en la determinación del valor.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Actualícese el valor de la Unidad Tributaria Municipal fijado en el artículo 2 de la Ordenanza Nº 3943/2011, determinándose el mismo en $ 2,25 (pesos dos con veinticinco centaovos) a partir del día 01/01/2012 y para el período fiscal 2012, conforme con las pautas establecidas en el artículo 3 de la misma ordenanza.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil once.

 


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3074-I-99

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA