Ordenanza
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Visto:
La Ordenanza Nº 3686 sancionada por ese Concejo Municipal en fecha 28 de enero del año dos mil nueve, y;
Considerando Que:
En la misma se autorizó al Departamento Ejecutivo a contratar un préstamo de consumo por la suma de $ 250.000,00 a otorgarse por la Mutual entre Asociados de Cooperación Seguros, entidad con domicilio en Mitre 664 de nuestra ciudad, destinado a solventar la ejecución de la obra de red troncal de gas del barrio Santa Rosa.
La devolución del dinero por parte del municipio se efectuaría en treinta y seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 11.444,45 (pesos once mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con cuarenta y cinco) cada una, las que se descontarían periódicamente del monto que en concepto de Derecho de Registro e Inspección, o en el que el futuro lo reemplazare, debía abonar la entidad crediticia mencionada, previéndose asimismo que para el supuesto de que el importe mensual resultare inferior, el saldo sería acreditado a las sumas que por el mismo concepto debían abonar las empresas TC S.A. y Cooperación Seguros, ambas de nuestra ciudad, todo ello conforme lo dispuesto en el art. 3 de la citada normativa.
A los efectos de la ejecución de la obra, se llamó a licitación pública Nº 01/2009, resultando adjudicataria de la misma la empresa Ingeniería Total S.R.L., con domicilio en Chaco 776 de Venado Tuerto.
En virtud de que la misma corre paralela al trazado de la Ruta Nacional Nº 33, resultó necesario obtener el pertinente permiso de la empresa concesionaria del peaje de esa vía de comunicación, Corredor Central S.A., hecho que motivó innumerables tratativas y tramitaciones que impidieron la iniciación de los trabajos.
Obtenido el mismo, habida cuenta del tiempo transcurrido han variado los costos para su realización. Es por ello que se ha conversado con representantes de la institución que prestaría los fondos y se han ajustado los nuevos montos y su correspondiente y progresiva devolución.
Así, la nueva suma por la que se contrataría el préstamo es de $ 402.500,00 (capital), restituyéndose en treinta y seis cuotas mensuales de $ 15.205,00 cada una, por las que se abonaría una tasa de interés equivalente al 1% (uno por ciento) mensual directo, resultando un monto total de $ 547.380,00.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a recibir en concepto de préstamo de consumo la suma de $ 402.500,00 (pesos cuatrocientos dos mil quinientos) a ser otorgados por la Mutual entre Asociados de Cooperación Mutual, con domicilio en Mitre 664 de Venado Tuerto, con el objeto de proceder a la ejecución de la obra de red troncal de gas del barrio Santa Rosa de nuestra ciudad, que se describe en el art. 5 de la presente Ordenanza.
Art.2.- A tales efectos, autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el contrato de mutuo respectivo, que deberá ajustarse a las condiciones, plazo, modalidad de pago y demás elementos del contrato que se detallan en los artículos siguientes bajo pena de caducidad de pleno derecho de la autorización otorgada en el art. 1.
Art.3.- Dispóngase que la forma de pago de la suma referida se realizará en treinta y seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas de hasta $ 15.205,00 (pesos quince mil doscientos cinco) cada una, a descontarse del monto que en concepto de Derecho de Registro e Inspección, o el que en el futuro lo reemplazare, debe abonar mensualmente al municipio la entidad crediticia mencionada, coincidiendo el vencimiento de la primera de ellas con el del tributo referido. Dispóngase asimismo que para el supuesto de que el importe a pagar por la entidad mutuante sea inferior a la suma referida en el primer párrafo de este artículo, el saldo será acreditado de las sumas que, por el mismo concepto, deban abonar las empresas TC S.A. y Cooperación Seguros, ambas de nuestra ciudad, respetándose este orden de prelación. Para el caso de que las liquidaciones correspondientes a las tres personas jurídicas citadas no alcanzara a cubrir la suma de $ 15.205,00, se establece que la Municipalidad deberá deducirla de cualquier otro tributo municipal que, respecto de las mismas, le correspondiere percibir.
Art.4.- Establézcase que el Departamento Ejecutivo Municipal, por medio de la Secretaría de Hacienda, emitirá mensualmente certificados de crédito fiscal cancelatorios del D.R.e I. a favor de la firma que conforme con la liquidación resultante y a las previsiones del artículo precedente correspondiere imputar al pago.
Art.5.- Realícese con el importe percibido por efecto del otorgamiento de este crédito y complementado con créditos disponibles para aplicar a redes de gas, la ejecución del siguiente tendido de redes troncales:
• red de 125 mm. de diámetro tendida en forma paralela a la Ruta Nacional Nº 33 (del lado NO de la misma) desde su intersección con calle Dorrego hasta el cruce con Ruta Provincial Nro. 7-S;
• red de 90 mm. de diámetro tendida en forma paralela a calle España, desde Ruta Nacional Nro. 33 hasta calle Los Fresnos, continuando aproximadamente 70 mts. por España en sentido SE a NO.
Art.6.- Deróguese la Ordenanza Nº 3686.
Art.7.- Comuníquese, publíquese, y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los siete días del mes de setiembre del año dos mil once.
La Ordenanza Nº 3686 sancionada por ese Concejo Municipal en fecha 28 de enero del año dos mil nueve, y;
Considerando Que:
En la misma se autorizó al Departamento Ejecutivo a contratar un préstamo de consumo por la suma de $ 250.000,00 a otorgarse por la Mutual entre Asociados de Cooperación Seguros, entidad con domicilio en Mitre 664 de nuestra ciudad, destinado a solventar la ejecución de la obra de red troncal de gas del barrio Santa Rosa.
La devolución del dinero por parte del municipio se efectuaría en treinta y seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 11.444,45 (pesos once mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con cuarenta y cinco) cada una, las que se descontarían periódicamente del monto que en concepto de Derecho de Registro e Inspección, o en el que el futuro lo reemplazare, debía abonar la entidad crediticia mencionada, previéndose asimismo que para el supuesto de que el importe mensual resultare inferior, el saldo sería acreditado a las sumas que por el mismo concepto debían abonar las empresas TC S.A. y Cooperación Seguros, ambas de nuestra ciudad, todo ello conforme lo dispuesto en el art. 3 de la citada normativa.
A los efectos de la ejecución de la obra, se llamó a licitación pública Nº 01/2009, resultando adjudicataria de la misma la empresa Ingeniería Total S.R.L., con domicilio en Chaco 776 de Venado Tuerto.
En virtud de que la misma corre paralela al trazado de la Ruta Nacional Nº 33, resultó necesario obtener el pertinente permiso de la empresa concesionaria del peaje de esa vía de comunicación, Corredor Central S.A., hecho que motivó innumerables tratativas y tramitaciones que impidieron la iniciación de los trabajos.
Obtenido el mismo, habida cuenta del tiempo transcurrido han variado los costos para su realización. Es por ello que se ha conversado con representantes de la institución que prestaría los fondos y se han ajustado los nuevos montos y su correspondiente y progresiva devolución.
Así, la nueva suma por la que se contrataría el préstamo es de $ 402.500,00 (capital), restituyéndose en treinta y seis cuotas mensuales de $ 15.205,00 cada una, por las que se abonaría una tasa de interés equivalente al 1% (uno por ciento) mensual directo, resultando un monto total de $ 547.380,00.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a recibir en concepto de préstamo de consumo la suma de $ 402.500,00 (pesos cuatrocientos dos mil quinientos) a ser otorgados por la Mutual entre Asociados de Cooperación Mutual, con domicilio en Mitre 664 de Venado Tuerto, con el objeto de proceder a la ejecución de la obra de red troncal de gas del barrio Santa Rosa de nuestra ciudad, que se describe en el art. 5 de la presente Ordenanza.
Art.2.- A tales efectos, autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el contrato de mutuo respectivo, que deberá ajustarse a las condiciones, plazo, modalidad de pago y demás elementos del contrato que se detallan en los artículos siguientes bajo pena de caducidad de pleno derecho de la autorización otorgada en el art. 1.
Art.3.- Dispóngase que la forma de pago de la suma referida se realizará en treinta y seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas de hasta $ 15.205,00 (pesos quince mil doscientos cinco) cada una, a descontarse del monto que en concepto de Derecho de Registro e Inspección, o el que en el futuro lo reemplazare, debe abonar mensualmente al municipio la entidad crediticia mencionada, coincidiendo el vencimiento de la primera de ellas con el del tributo referido. Dispóngase asimismo que para el supuesto de que el importe a pagar por la entidad mutuante sea inferior a la suma referida en el primer párrafo de este artículo, el saldo será acreditado de las sumas que, por el mismo concepto, deban abonar las empresas TC S.A. y Cooperación Seguros, ambas de nuestra ciudad, respetándose este orden de prelación. Para el caso de que las liquidaciones correspondientes a las tres personas jurídicas citadas no alcanzara a cubrir la suma de $ 15.205,00, se establece que la Municipalidad deberá deducirla de cualquier otro tributo municipal que, respecto de las mismas, le correspondiere percibir.
Art.4.- Establézcase que el Departamento Ejecutivo Municipal, por medio de la Secretaría de Hacienda, emitirá mensualmente certificados de crédito fiscal cancelatorios del D.R.e I. a favor de la firma que conforme con la liquidación resultante y a las previsiones del artículo precedente correspondiere imputar al pago.
Art.5.- Realícese con el importe percibido por efecto del otorgamiento de este crédito y complementado con créditos disponibles para aplicar a redes de gas, la ejecución del siguiente tendido de redes troncales:
• red de 125 mm. de diámetro tendida en forma paralela a la Ruta Nacional Nº 33 (del lado NO de la misma) desde su intersección con calle Dorrego hasta el cruce con Ruta Provincial Nro. 7-S;
• red de 90 mm. de diámetro tendida en forma paralela a calle España, desde Ruta Nacional Nro. 33 hasta calle Los Fresnos, continuando aproximadamente 70 mts. por España en sentido SE a NO.
Art.6.- Deróguese la Ordenanza Nº 3686.
Art.7.- Comuníquese, publíquese, y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los siete días del mes de setiembre del año dos mil once.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3853-C-02
- Derogada: NO
- Vetada: NO