Ordenanza
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Ordenanza Nº 3890/10 - Crea la Escuela Municipal de Artes y Oficios.
Visto:
El Plan Integral de Capacitación y Promoción de Empleo “Más y Mejor Trabajo”, promovido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, y;
Considerando:
Que el mismo contempla, entre otras, acciones de fortalecimiento de las Instituciones de Formación Profesional, las que son supervisadas por una Unidad de Evaluación, Monitoreo y Asistencia Técnica.
Que en ese marco, este Departamento Ejecutivo ha diseñado la creación de una escuela de artes y oficios, propendiendo a la formación socio-laboral por medio del dictado de cursos de oficios, de corta duración, de acuerdo con las exigencias de la demanda de personal capacitado.
Que sus acciones estarán destinadas tanto a personas desocupadas, sub-ocupadas y beneficiarias de programas sociales y de empleo, así como a aquellas que, aún contando con un empleo estable, requieran de capacitación, a los efectos de una mejor recategorización laboral.
Que los cursos se desarrollarán con métodos de enseñanza prácticos y activos, de modo de dotar a los asistentes de las competencias necesarias para la realización de las tareas para los cuales se los preparará.
Que así, se pretende mejorar la calidad de vida laboral y de progreso de los ciudadanos por medio de una formación continua, lograr la inserción de aquellos que hoy se encuentran desplazados del ámbito del trabajo formal por carecer de las condiciones mínimas de capacitación que las exigencias de ese mercado requieren, contribuyendo con una política activa tendiente a facilitar la obtención de empleos dignos.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º.- Créase la Escuela Municipal de Artes y Oficios, que dependerá orgánicamente de la Secretaría de Desarrollo Productivo de la Municipalidad de Venado Tuerto.
Art. 2º.- Son objetivos del programa:
a) formar y capacitar en distintos oficios a mujeres y hombres vinculados a las demandas del sector productivo, por medio de un proceso educativo idóneo;
b) generar oportunidades para la capacitación laboral, inserción en el trabajo y su consecuente integración social de los educandos;
c) capacitar a las personas ante los continuos procesos de transformación socio-económicos de nuestra región;
d) mejorar la calidad de vida de los habitantes de nuestra región.
Art. 3º.- En función de las necesidades actuales y futuras previsibles del sector productivo y del mercado laboral regional se realizará un relevamiento de los oficios demandados, tales como por ejemplo oficiales múltiples, torneros, soldadores, etc.
Art. 4º.- La metodología pedagógica consistirá en cursos de teoría y de práctica en aulas-taller, y actividades específicas en talleres adecuados al oficio.
Art. 5º.- El Departamento Ejecutivo gestionará ante la Dirección Provincial de Educación para Adultos, Alfabetización y Educación No Formal del Ministerio de Educación de la provincia de Santa Fe, la homologación y fiscalización de la metodología pedagógica con el objeto de que las certificaciones otorgadas a quienes asistan a los cursos adquieran validez oficial.
Art. 6º.- Por medio de la Oficina de Empleo de la Secretaría de Desarrollo Productivo, se creará una Bolsa de Trabajo, con el fin de que las empresas de la región recluten a quienes se hayan capacitado en los diversos oficios. Dicha Bolsa deberá ser actualizada en forma permanente, dándose debida difusión a la misma entre los potenciales demandantes de mano de obra especializada.
Art. 7º.- A los efectos del cumplimiento de todas las disposiciones contenidas en la presente ordenanza, se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Productivo a suscribir convenios de asistencia técnico-pedagógica con entidades educativas de la ciudad y la región de reconocido prestigio, para el dictado de los cursos teórico-prácticos a brindar a los educandos.
Art.8°- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de octubre del año dos mil diez.
El Plan Integral de Capacitación y Promoción de Empleo “Más y Mejor Trabajo”, promovido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, y;
Considerando:
Que el mismo contempla, entre otras, acciones de fortalecimiento de las Instituciones de Formación Profesional, las que son supervisadas por una Unidad de Evaluación, Monitoreo y Asistencia Técnica.
Que en ese marco, este Departamento Ejecutivo ha diseñado la creación de una escuela de artes y oficios, propendiendo a la formación socio-laboral por medio del dictado de cursos de oficios, de corta duración, de acuerdo con las exigencias de la demanda de personal capacitado.
Que sus acciones estarán destinadas tanto a personas desocupadas, sub-ocupadas y beneficiarias de programas sociales y de empleo, así como a aquellas que, aún contando con un empleo estable, requieran de capacitación, a los efectos de una mejor recategorización laboral.
Que los cursos se desarrollarán con métodos de enseñanza prácticos y activos, de modo de dotar a los asistentes de las competencias necesarias para la realización de las tareas para los cuales se los preparará.
Que así, se pretende mejorar la calidad de vida laboral y de progreso de los ciudadanos por medio de una formación continua, lograr la inserción de aquellos que hoy se encuentran desplazados del ámbito del trabajo formal por carecer de las condiciones mínimas de capacitación que las exigencias de ese mercado requieren, contribuyendo con una política activa tendiente a facilitar la obtención de empleos dignos.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º.- Créase la Escuela Municipal de Artes y Oficios, que dependerá orgánicamente de la Secretaría de Desarrollo Productivo de la Municipalidad de Venado Tuerto.
Art. 2º.- Son objetivos del programa:
a) formar y capacitar en distintos oficios a mujeres y hombres vinculados a las demandas del sector productivo, por medio de un proceso educativo idóneo;
b) generar oportunidades para la capacitación laboral, inserción en el trabajo y su consecuente integración social de los educandos;
c) capacitar a las personas ante los continuos procesos de transformación socio-económicos de nuestra región;
d) mejorar la calidad de vida de los habitantes de nuestra región.
Art. 3º.- En función de las necesidades actuales y futuras previsibles del sector productivo y del mercado laboral regional se realizará un relevamiento de los oficios demandados, tales como por ejemplo oficiales múltiples, torneros, soldadores, etc.
Art. 4º.- La metodología pedagógica consistirá en cursos de teoría y de práctica en aulas-taller, y actividades específicas en talleres adecuados al oficio.
Art. 5º.- El Departamento Ejecutivo gestionará ante la Dirección Provincial de Educación para Adultos, Alfabetización y Educación No Formal del Ministerio de Educación de la provincia de Santa Fe, la homologación y fiscalización de la metodología pedagógica con el objeto de que las certificaciones otorgadas a quienes asistan a los cursos adquieran validez oficial.
Art. 6º.- Por medio de la Oficina de Empleo de la Secretaría de Desarrollo Productivo, se creará una Bolsa de Trabajo, con el fin de que las empresas de la región recluten a quienes se hayan capacitado en los diversos oficios. Dicha Bolsa deberá ser actualizada en forma permanente, dándose debida difusión a la misma entre los potenciales demandantes de mano de obra especializada.
Art. 7º.- A los efectos del cumplimiento de todas las disposiciones contenidas en la presente ordenanza, se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Productivo a suscribir convenios de asistencia técnico-pedagógica con entidades educativas de la ciudad y la región de reconocido prestigio, para el dictado de los cursos teórico-prácticos a brindar a los educandos.
Art.8°- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de octubre del año dos mil diez.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3938-C-02
- Derogada: NO
- Vetada: NO