Ordenanza

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Visto:
La vigencia de la Ordenanza Nº 3106/04 creadora de una “Comisión Redactora de los Términos del Acuerdo para la Cancelación de la Deuda con el ex Bid Ltdo”.-
La sentencias arribadas en la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de la ciudad de Rosario, en que se resuelven dos de los tramos de la composición de deuda que mantiene el Municipio con el Ex Banco Bid, Ltdo., hoy su quiebra, vinculadas con la construcción parcial de la obra 400 cuadras de pavimento y el mutuo hipotecario por la compra del palacio de hacienda.-
La utilización que ha hecho en abono de su pretensión en la reclamación jurisdiccional por ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de esta Ordenanza y de actuaciones levantadas por ante este Concejo Municipal; y,

Considerando:
Que el mantenimiento de la vigencia de una comisión redactora de acuerdo, carece de sentido, en la medida en que han fracasado las negociaciones que llevaran adelante los representantes del D.E.M. con la sindicatura concursal.
Que resultó por otra parte inoficiosa la comisión creada en el seno de este Cuerpo Legislativo, desde que las propuestas acercadas por la parte demandante no podían ser consideradas y de ser aceptadas en su momento, lo hubieran sido con seria lesión a los intereses patrimoniales del Municipio, a la luz de lo resuelto en sede jurisdiccional, como se desprende de la lectura de los fallos arrimados por la misma sindicatura del concurso.
Que resulta, por otra parte impropio, cuando se trata de la dilucidación y análisis de una deuda pública, la participación en el órgano que se aboca a la tarea del propio acreedor, que tiene obviamente un interés contrapuesto con el público, como lo pone en evidencia la utilización que de las actuaciones levantadas hace en sede jurisdiccional.
Que no obstante lo antedicho, es de utilidad el mantenimiento de una comisión de estudio y análisis de la relación jurídica creditoria que pueda existir con el ex Banco Bid. Ltdo., en la medida en que su trabajo pueda coadyuvar al D.E.M., que es el representante legal del municipio, al arribo de una solución definitiva al problema.
Por todo lo arriba considerado, el Concejo Municipal de la ciudad de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones propias, dicta la siguiente

ORDENANZA

Art. 1º.- Deróguese en todas sus partes la Ordenanza Nº 3106/04, que crea la Comisión Redactora Deuda Bid.

Art. 2º.- Créase la Comisión de Estudio y Análisis de la deuda que el municipio mantiene con la entidad financiera en liquidación, la que estará integrada por un representante de cada bloque legislativo con representación en el Concejo Municipal, y un representante del Departamento Ejecutivo.

Art. 3º.- Serán sus funciones: a) Análisis técnico legal de la cuantificación monetaria que revista cada uno de los tramos que componen la deuda que se mantiene con el ex Bid. Coop. Ltdo.; b) establecimiento de un orden de prioridades en su cancelación, en función de la ejecutoriedad de las sentencias judiciales o estado de las reclamaciones judiciales o administrativas que se encuentren radicadas.

Art. 4º.- El estudio e implementación de medios de pago, ya sea por entrega de bienes, emisión de títulos de deuda, o cuanta herramienta resulte útil y viable a este cometido, en estrecha colaboración con las líneas y cursos de acción que el Departamento ejecutivo pueda implementar en este sentido

Art. 5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil ocho.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente Nº 4098-V-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA