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Ordenanza Nº 3183/04 - VISAR PLANO MENSURA SR. GURREA

Art.1º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a través de la
Dirección de Obras Privadas, a visar el plano de mensura y subdivisión
del Lote "14" de la Manzana B - Quinta 42, según mensura inscripta en
el Departamento Topográfico Rosario bajo el Nº 10.140 del año 1955,
determinándose una fracción de Ocho metros con sesenta y seis
centímetros (8,66 m.), de ancho por Cinco metros (5,00 m.) de
profundidad para ser anexada a la parcela colindante S.O., es decir ,
el Lote "15" de la misma manzana.

Art.2º.-Comuníquese, publíquese y archívese.

Fundamentos:

Visto el Expediente Municipal Nº111.621-G-2003, iniciado por el señor
JUAN CARLOS GURREA, solicitando autorización de parcelamiento por vía
de excepción del Lote "14" - Manzana B - Quinta 42, del plano de
mensura y subdivisión Nº 10.140/55.

Y considerando que los señores Juan Carlos Gurrea, Héctor Raúl Gurrea y
la señora Margarita E.P. de Gurrea, los dos últimos ya fallecidos, en
el carácter de propietarios del inmueble indicado ut supra, vendieron
en el año 1977 una fracción del Lote "14" para ser anexado a la parcela
colindante S.O. designada como Lote "15" - Partida Municipal Nº 11.996,
propiedad del señor Néstor Horacio Suby y la señora Vilma Simioni; tal
fracción posee Ocho metros con sesenta y seis centímetros (8,66 m.) de
frente por Cinco metros (5,00 m.) de profundidad, desarrollando
Cuarenta y tres metros cuadrados con treinta centímetros cuadrados
(43,30 m2) de superficie.

Que tal operación de compra - venta se realizó de buena fe entre los
vecinos involucrados, sin mediar documentación alguna, postergándose
hasta la fecha los actos inherentes a las gestiones relativas a
confección de plano de mensura y subdivisión por una parte y escritura
de traspaso de dominio por la otra.

Que según los términos de la Ordenanza Nº 1807-89 - Art.1º (7.1.5.1.),
la parcela a la que se resta la fracción que se anexará al lote
colindante deberá ajustarse a las dimensiones lineales y de superficie
determinadas para el distrito R.3. por el Reglamento de Zonificación y
Subdivisión de la Tierra - Decreto Ordenanza Nº 903/76bis).

Que el Lote "14" posee dimensiones lineales y de superficie ajustadas a
normativas vigentes con anterioridad al año 1976 y que resultan
inferiores a las medidas mínimas exigidas por la actual reglamentación.

Que a pesar que la subdivisión solicitada no encuadra en el marco de la
reglamentación vigente, existe una situación de hecho de antigua data
que es necesario solucionar para regularizar la situación entre los
propietarios involucrados.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones,
sanciona la presente ORDENANZA Nº 3183/04, a los veinte días del mes de
octubre del año dos mil cuatro.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente:

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA