Ordenanza

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Ordenanza Nº 3157/04 - CONVENIOS CON PROPIETARIOS CAMPOS INUNDADOS PARA OBRA DESAGUE

Art.1º.-Autorízase a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a
firmar convenios individuales con los propietarios de inmuebles
afectados por la crisis hídrica, para concretar las obras de desagües
que corresponden a sus fundos y a los proyectos de desagües
pertinentes.

Art.2º.-El monto de los convenios no podrá superar el valor autorizado
para compras directas según la Ley de Contabilidad, debiéndose , al
contratar, solicitar tres (3) presupuestos, los que deberán ser
remitidos al Concejo Municipal.

Art.3º.-El propietario podrá aportar materiales y/u otros insumos y la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos autorizará e imputará el pago
de las facturas correspondientes, cuyos valores serán acreditados en la
cuenta de quien realizó el aporte, a los fines de compensar deudas por
tasas de red vial.

Art.4º.-Los convenios serán firmados por la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos en nombre y representación de la Municipalidad de
Venado Tuerto, "ad referéndum" del Concejo Municipal, quien dentro de
los diez (10) días de ingresado por Secretaría, deberá ratificarlo y/u
observarlo.

Art.5º.-Para el caso del vencimiento del plazo establecido en el
artículo precedente sin que el convenio haya sido tratado por parte del
Concejo Municipal, la aprobación será automática.

FUNDAMENTOS

Visto la crisis hídrica que afecta a la región y su incidencia en las
áreas urbanas y lo dispuesto en las resoluciones del Concejo Municipal
Nº 2086/01, Nº 2270/02, Nº 2299/02 y Ordenanza Nº2914/02 y Nº 2946/02 ,
y;

Considerando que es necesario realizar obras de desagües tanto en las
áreas rurales como en las urbanas.

Que se pueden ir realizando obras de evacuación de excedentes hídricos
en forma independiente de las obras que realizarán la Nación y/o la
Provincia que luego deberán complementarse con éstas.

Que ante la próxima llegada de la época de lluvias los vecinos realizan
permanentes consultas ante el Municipio referentes a las obras
proyectadas, estado de las mismas y/o su forma de financiamiento, como
así también sobre la existencia de un cronograma de tareas.

Que en muchos casos sólo es necesario abovedar caminos o calles para
permitir que el agua circule por cunetas, aunque para ello es
imprescindible contar con las alcantarillas necesarias donde
correspondan.

Que si bien el Municipio posee máquinas y la posibilidad de fabricar
los tubos para alcantarillas, los escasos ingresos que se obtienen por
el cobro de la tasa vial, hacen necesario disponer de una norma que
permita un rápido desarrollo de las obras proyectadas en los caminos
rurales que circundan al Municipio.

Que estas situaciones en muchos casos tienen soluciones sencillas que
se pueden realizar con elementos del Municipio, de manera conjunta con
los propietarios, quienes podrán aportar dinero, combustible y/o
materiales para concretar las obras.

Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3157/04 en la sala de Sesiones del
Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los siete días del mes de
setiembre del año dos mil cuatro.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp-3600-C-01

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA