Ordenanza
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Ordenanza Nº 3156/04 - TERRENO CEMENTERIO ASOCIAC.FARMACIAS
Art.1º.-Ratifícase en todos sus términos el Convenio de Compromiso de
Donación con Cargo, suscripto entre la Asociación Mutual de Farmacias y
Servicios Asistenciales de Venado Tuerto y la Municipalidad de Venado
Tuerto, en fecha 25 de junio del corriente año 2004 y por el cual se
donará a esta última oportunamente, una fracción de terreno baldío
lindero al Cementerio Municipal, con una extensión de OCHO MIL
DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (8.220 m2) de superficie.
Art.2º.-Déjase en reserva a disposición de la Municipalidad el
CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la fracción total del terreno a donarse,
previa deducción de las superficies para calles internas, con destino a
sepulturas.
Art.3º.-Facúltase a la Asociación Mutual de Farmacias y Servicios
Asistenciales de Venado Tuerto hacer uso del CINCUENTA POR CIENTO (50%)
restante de la fracción total del terreno a donarse, previa deducción
de las superficies para calles internas, con destino a la construcción
de nichos para la tumulación de cadáveres humanos.
Art.4º.-Establézcase a favor de la Municipalidad la facultad de
proceder a reglamentar las edificaciones a efectuarse y fiscalizar los
procedimientos de sepulturas, en cumplimiento de las normas vigentes.
Art.5º.-El Convenio tendrá validez una vez que se realice la escritura
del terreno a nombre de la Municipalidad de Venado Tuerto.
Art.6º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS
Visto que la Asociación Mutual de Farmacias y Servicios Asistenciales
de Venado Tuerto, ofrece a favor del Municipio la donación de un predio
lindero al Cementerio Municipal, bajo el cargo de hacer uso de una
fracción del mismo, y;
Considerando que el Cementerio Municipal tiene agotada su capacidad
demográfica.
Que el Municipio debería recurrir a la expropiación de terrenos
circundantes con el costo que ello originaría.
Que la Asociación Mutual de Farmacias y Servicios Asistenciales de
Venado Tuerto tiene la necesidad de disponer para su utilización y
comercialización de una fracción de tierra en el Cementerio Municipal
con el objeto de prestar servicios a sus asociados.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en
la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº3156/04, a los siete días del mes de
setiembre del año dos mil cuatro.
Donación con Cargo, suscripto entre la Asociación Mutual de Farmacias y
Servicios Asistenciales de Venado Tuerto y la Municipalidad de Venado
Tuerto, en fecha 25 de junio del corriente año 2004 y por el cual se
donará a esta última oportunamente, una fracción de terreno baldío
lindero al Cementerio Municipal, con una extensión de OCHO MIL
DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (8.220 m2) de superficie.
Art.2º.-Déjase en reserva a disposición de la Municipalidad el
CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la fracción total del terreno a donarse,
previa deducción de las superficies para calles internas, con destino a
sepulturas.
Art.3º.-Facúltase a la Asociación Mutual de Farmacias y Servicios
Asistenciales de Venado Tuerto hacer uso del CINCUENTA POR CIENTO (50%)
restante de la fracción total del terreno a donarse, previa deducción
de las superficies para calles internas, con destino a la construcción
de nichos para la tumulación de cadáveres humanos.
Art.4º.-Establézcase a favor de la Municipalidad la facultad de
proceder a reglamentar las edificaciones a efectuarse y fiscalizar los
procedimientos de sepulturas, en cumplimiento de las normas vigentes.
Art.5º.-El Convenio tendrá validez una vez que se realice la escritura
del terreno a nombre de la Municipalidad de Venado Tuerto.
Art.6º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS
Visto que la Asociación Mutual de Farmacias y Servicios Asistenciales
de Venado Tuerto, ofrece a favor del Municipio la donación de un predio
lindero al Cementerio Municipal, bajo el cargo de hacer uso de una
fracción del mismo, y;
Considerando que el Cementerio Municipal tiene agotada su capacidad
demográfica.
Que el Municipio debería recurrir a la expropiación de terrenos
circundantes con el costo que ello originaría.
Que la Asociación Mutual de Farmacias y Servicios Asistenciales de
Venado Tuerto tiene la necesidad de disponer para su utilización y
comercialización de una fracción de tierra en el Cementerio Municipal
con el objeto de prestar servicios a sus asociados.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en
la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº3156/04, a los siete días del mes de
setiembre del año dos mil cuatro.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente:
- Derogada: NO
- Vetada: NO