Ordenanza
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Ordenanza Nº 3150/04 - CESION TERRENOS PLAZOLETA A VECINOS LINDEROS
Art.1º.-Ofrézcase a título gratuito a los vecinos linderos de la
plazoleta situada en la zona central del Complejo Habitacional ubicado
entre las calles Falucho, Larrea, Cabral y Brett una fracción de
terreno cuyas dimensiones serán, ancho igual al ancho del terreno y
largo la mitad del terreno de la plazoleta.
Art.2º.-La fracción de terreno el vecino podrá enajenarla a alguno de
los vecinos linderos con la misma.
Art.3º.-El vecino se deberá hacer cargo de la mensura, la escritura y
demás gastos que demande esta subdivisión.
Art.4º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS:
Visto la solidaridad de los vecinos del Complejo Habitacional situado
entre las calles Falucho, Cabral, Brett y Larrea de eliminar la
plazoleta central por razones de seguridad; y
Considerando que la misma no cumple con sus funciones dado que por ser
un lugar interno y en zonas con muchos espacios abiertos no se utiliza
como lugar de recreación.
Que los vecinos denuncian que en general se utiliza como escondites
para usos no deseables.
Que los vecinos ven amenazada su seguridad especialmente en horas de la
noche cuando ese lugar es utilizado por personas ajenas al barrio.
Que los terrenos de los vecinos que dan sus fondos sobre la plazoleta
son terrenos de 10 m. (diez metros) de frente por 20 m. (veinte metros)
de fondo es decir doscientos metros cuadrados, cuando el reglamento de
zonificación de la tierra fija para el área denominada R-2 de mediana a
alta densidad una superficie mínima de doscientos cincuenta metros
cuadrados.
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº3150/04, en la sala de Sesiones del
Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticinco días del mes
agosto del año dos mil cuatro.
plazoleta situada en la zona central del Complejo Habitacional ubicado
entre las calles Falucho, Larrea, Cabral y Brett una fracción de
terreno cuyas dimensiones serán, ancho igual al ancho del terreno y
largo la mitad del terreno de la plazoleta.
Art.2º.-La fracción de terreno el vecino podrá enajenarla a alguno de
los vecinos linderos con la misma.
Art.3º.-El vecino se deberá hacer cargo de la mensura, la escritura y
demás gastos que demande esta subdivisión.
Art.4º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS:
Visto la solidaridad de los vecinos del Complejo Habitacional situado
entre las calles Falucho, Cabral, Brett y Larrea de eliminar la
plazoleta central por razones de seguridad; y
Considerando que la misma no cumple con sus funciones dado que por ser
un lugar interno y en zonas con muchos espacios abiertos no se utiliza
como lugar de recreación.
Que los vecinos denuncian que en general se utiliza como escondites
para usos no deseables.
Que los vecinos ven amenazada su seguridad especialmente en horas de la
noche cuando ese lugar es utilizado por personas ajenas al barrio.
Que los terrenos de los vecinos que dan sus fondos sobre la plazoleta
son terrenos de 10 m. (diez metros) de frente por 20 m. (veinte metros)
de fondo es decir doscientos metros cuadrados, cuando el reglamento de
zonificación de la tierra fija para el área denominada R-2 de mediana a
alta densidad una superficie mínima de doscientos cincuenta metros
cuadrados.
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº3150/04, en la sala de Sesiones del
Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticinco días del mes
agosto del año dos mil cuatro.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp-4071-C-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO