Ordenanza
Starter Section
Ordenanza Nº 3130/04 - INCUMPLIMIENTO DECRETO ORDENANZA Nº 682/68
Art.1º.-Revócase por incumplimiento del cargo la donación efectuada a
la Junta Nacional de Granos por Decreto Ordenanza Nº 682/68, aprobado
por el Superior Gobierno de la Provincia según decreto Nº 6137/68.
Art.2º.-Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal la
notificación de la presente a las respectivas reparticiones del
Gobierno Nacional y Provincial, y la realización de las gestiones
tendientes a obtener la posesión del inmueble.
Art.3º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS:
- Visto el Decreto Ordenanza Nº628/68, por el cual la Municipalidad de
Venado Tuerto cede a la Nación una fracción de terreno en plaza Mitre,
y el Decreto Nº 5137 del superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe,
que aprueba la donación.
- Y considerando que la referida cesión fue hecha a título gratuito y
con el cargo expreso de que se construya en el predio, que pasaba a ser
afectado a la Junta Nacional de Granos, un edificio que se destinara a
Distrito Técnico.
- Que, tanto las entonces Autoridades Municipales como las de la
Provincia, entendieron justificada la donación en el interés
comunitario de la construcción de un edificio técnico de las
características del proyectado y su aplicación a la actividad
expresada, que redundaría en beneficios para toda la zona de influencia
municipal.
- Que el Art.4º.- del Decreto Ordenanza de marras, de manera expresa se
condiciona la donación al cumplimiento del cargo de finalización de la
obra en el término de dos años a partir de su dictado, bajo
apercibimiento de caducidad.
- Que la Junta Nacional de Granos no ha cumplido con el compromiso
asumido, y más allá de alguna reforma edilicia, nunca llegó a funcionar
la repartición con la incumbencia y alcance comprometido, habiéndose
dado al predio distintas utilizaciones, tanto por la Nación como por el
Superior Gobierno de la Provincia.
Por ello, el Concejo Municipal de Vendo Tuerto, reunido en la Sala de
Sesiones y en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la
presente Ordenanza Nº 3130/04, a los nueve días del mes de junio del
año dos mil cuatro.
la Junta Nacional de Granos por Decreto Ordenanza Nº 682/68, aprobado
por el Superior Gobierno de la Provincia según decreto Nº 6137/68.
Art.2º.-Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal la
notificación de la presente a las respectivas reparticiones del
Gobierno Nacional y Provincial, y la realización de las gestiones
tendientes a obtener la posesión del inmueble.
Art.3º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS:
- Visto el Decreto Ordenanza Nº628/68, por el cual la Municipalidad de
Venado Tuerto cede a la Nación una fracción de terreno en plaza Mitre,
y el Decreto Nº 5137 del superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe,
que aprueba la donación.
- Y considerando que la referida cesión fue hecha a título gratuito y
con el cargo expreso de que se construya en el predio, que pasaba a ser
afectado a la Junta Nacional de Granos, un edificio que se destinara a
Distrito Técnico.
- Que, tanto las entonces Autoridades Municipales como las de la
Provincia, entendieron justificada la donación en el interés
comunitario de la construcción de un edificio técnico de las
características del proyectado y su aplicación a la actividad
expresada, que redundaría en beneficios para toda la zona de influencia
municipal.
- Que el Art.4º.- del Decreto Ordenanza de marras, de manera expresa se
condiciona la donación al cumplimiento del cargo de finalización de la
obra en el término de dos años a partir de su dictado, bajo
apercibimiento de caducidad.
- Que la Junta Nacional de Granos no ha cumplido con el compromiso
asumido, y más allá de alguna reforma edilicia, nunca llegó a funcionar
la repartición con la incumbencia y alcance comprometido, habiéndose
dado al predio distintas utilizaciones, tanto por la Nación como por el
Superior Gobierno de la Provincia.
Por ello, el Concejo Municipal de Vendo Tuerto, reunido en la Sala de
Sesiones y en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la
presente Ordenanza Nº 3130/04, a los nueve días del mes de junio del
año dos mil cuatro.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp-4114-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO