Ordenanza
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Ordenanza Nº 3117/04 - ACOMPAÑAMIENTOS EN PARTOS
VISTO:
La incorporación a la Constitución Nacional desde 1994, de la Revisión
de la Convención Interamericana para Prevenir, sancionar y erradicar
toda forma de violencia contra la mujer, y
CONSIDERANDO:
Que toda mujer tiene derecho a un embarazo, parto y nacimiento
respetado y seguro.
Que uno de los momentos más importantes de la vida de una mujer y de su
familia, como es el embarazo y el parto deben tener el apoyo necesario
desde el componente afectivo de uno de sus seres queridos que le pueda
brindar contención o de un personal capacitado para tal fin, además del
médico, como puede ser una obstetra.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso
de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Toda mujer tiene el derecho a estar acompañada por la persona
que elija: pareja amiga/o, madre, padre, etc, en el momento del trabajo
del parto, nacimiento y en la internación.
Art.2º.- Esta medida abarca a todos las mujeres sin excepción en los
hospitales públicos y clínicas privadas de la ciudad de Venado Tuerto.
Art.3º.- Dése amplia difusión de la presente a todos los servicios de
Salud de la ciudad, salas de espera de Clínicas y Sanatorios, obras
sociales y prepagas, CAPS (Centro de Atención Primaria de la Salud),
centro materno infantil municipal, asistencia pública central, Hospital
Alejandro Gutiérrez, dependencias policiales y judiciales, Círculos
profesionales de la Salud. y medios de comunicación.
Art.4º.- En caso de una emergencia médica, queda a criterio del médico
Obstetra y/o Pediatra, la permanencia del acompañante en el lugar.-
Art.5º.- Envíese copia de la misma a todos los Municipios y Comunas del
Departamento. General. López sugiriendo la replicación de la misma y a
la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa
Fe.-
Art.6º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3117-04, en la sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cinco días del mes de
mayo del año dos mil cuatro.-
La incorporación a la Constitución Nacional desde 1994, de la Revisión
de la Convención Interamericana para Prevenir, sancionar y erradicar
toda forma de violencia contra la mujer, y
CONSIDERANDO:
Que toda mujer tiene derecho a un embarazo, parto y nacimiento
respetado y seguro.
Que uno de los momentos más importantes de la vida de una mujer y de su
familia, como es el embarazo y el parto deben tener el apoyo necesario
desde el componente afectivo de uno de sus seres queridos que le pueda
brindar contención o de un personal capacitado para tal fin, además del
médico, como puede ser una obstetra.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso
de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Toda mujer tiene el derecho a estar acompañada por la persona
que elija: pareja amiga/o, madre, padre, etc, en el momento del trabajo
del parto, nacimiento y en la internación.
Art.2º.- Esta medida abarca a todos las mujeres sin excepción en los
hospitales públicos y clínicas privadas de la ciudad de Venado Tuerto.
Art.3º.- Dése amplia difusión de la presente a todos los servicios de
Salud de la ciudad, salas de espera de Clínicas y Sanatorios, obras
sociales y prepagas, CAPS (Centro de Atención Primaria de la Salud),
centro materno infantil municipal, asistencia pública central, Hospital
Alejandro Gutiérrez, dependencias policiales y judiciales, Círculos
profesionales de la Salud. y medios de comunicación.
Art.4º.- En caso de una emergencia médica, queda a criterio del médico
Obstetra y/o Pediatra, la permanencia del acompañante en el lugar.-
Art.5º.- Envíese copia de la misma a todos los Municipios y Comunas del
Departamento. General. López sugiriendo la replicación de la misma y a
la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa
Fe.-
Art.6º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3117-04, en la sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cinco días del mes de
mayo del año dos mil cuatro.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp. 3189-C-00
- Derogada: NO
- Vetada: NO