Ordenanza
Starter Section
Ordenanza Nº 3081/03 - EXPLOTACION AGRICOLA DE TERRENOS BALDIOS Y O BANQUINAS
Fundamentos:
Que la cantidad de terrenos baldíos con superficie de 5000m2 y más en
distintos barrios de la ciudad y el elevado costo de mantenimiento que
originan.
Que deben ser desmalezado por la Municipalidad porque en la mayoría de
los casos los propietarios no lo hacen, lo que perjudica a los vecinos.
Que las máquinas utilizadas para tal fin deben ser empleadas para
caminos municipales.
Que por cantidad de terrenos existentes en la ciudad y la celeridad de
su crecimiento hace la dificultad de conservación de los mismos.
Que mediante el "Cultivo Plan Soja", pueden sembrarse lotes de estas
dimensiones.
Que pueden resultar una utilidad en contraposición a lo actual.
Que la siembra se realizaría en octubre / noviembre y la cosecha
aproximadamente en marzo / abril lo que evitaría la época pico de
malezas.
Que par tal fin se debe requerir la autorización y/o acuerdo con
propietarios, previo relevamiento a efectos de ubicar los predios
mencionados en Secretaría de Obras Públicas, oficina Planeamiento.
Que se incluirán grandes lotes municipales y/o banquinas.
Que a favor del proyecto se solicitará a distintas empresas semillas en
donación y/o canje por impuestos.
Que se cree conveniente acordar con Contratistas Rurales previo
contrato dentro del marco legal que corresponda.
Que se utilizará la productividad del proyecto para la construcción de
viviendas para familias carenciadas.
Que por todo ello, el Concejo Municipal en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Art.1º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a la explotación
agrícola de terrenos baldíos y/o banquinas de caminos. Las utilidades
serán destinadas a la construcción de viviendas para familias
carenciadas y/o instituciones.
Art.2º.-A tal fin autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a
efectuar convenios con los Estados Nacional y/o Provincial y/o sus
organismos descentralizados y/o con particulares. En este último caso,
el Departamento Ejecutivo Municipal podrá efectuar eximiciones de tasas
en compensación por el uso de terrenos privados.
Art.3º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3081/03, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes
de octubre del años dos mil tres.
Que la cantidad de terrenos baldíos con superficie de 5000m2 y más en
distintos barrios de la ciudad y el elevado costo de mantenimiento que
originan.
Que deben ser desmalezado por la Municipalidad porque en la mayoría de
los casos los propietarios no lo hacen, lo que perjudica a los vecinos.
Que las máquinas utilizadas para tal fin deben ser empleadas para
caminos municipales.
Que por cantidad de terrenos existentes en la ciudad y la celeridad de
su crecimiento hace la dificultad de conservación de los mismos.
Que mediante el "Cultivo Plan Soja", pueden sembrarse lotes de estas
dimensiones.
Que pueden resultar una utilidad en contraposición a lo actual.
Que la siembra se realizaría en octubre / noviembre y la cosecha
aproximadamente en marzo / abril lo que evitaría la época pico de
malezas.
Que par tal fin se debe requerir la autorización y/o acuerdo con
propietarios, previo relevamiento a efectos de ubicar los predios
mencionados en Secretaría de Obras Públicas, oficina Planeamiento.
Que se incluirán grandes lotes municipales y/o banquinas.
Que a favor del proyecto se solicitará a distintas empresas semillas en
donación y/o canje por impuestos.
Que se cree conveniente acordar con Contratistas Rurales previo
contrato dentro del marco legal que corresponda.
Que se utilizará la productividad del proyecto para la construcción de
viviendas para familias carenciadas.
Que por todo ello, el Concejo Municipal en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Art.1º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a la explotación
agrícola de terrenos baldíos y/o banquinas de caminos. Las utilidades
serán destinadas a la construcción de viviendas para familias
carenciadas y/o instituciones.
Art.2º.-A tal fin autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a
efectuar convenios con los Estados Nacional y/o Provincial y/o sus
organismos descentralizados y/o con particulares. En este último caso,
el Departamento Ejecutivo Municipal podrá efectuar eximiciones de tasas
en compensación por el uso de terrenos privados.
Art.3º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3081/03, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes
de octubre del años dos mil tres.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp-3288-C-00
- Derogada: NO
- Vetada: NO