Ordenanza
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Ordenanza Nº 3068/03 - DESCUENTO PAGO CTDO. CONTRIBUCION DE MEJORAS COOP. OBRAS SANITARIAS
Art. 1º.- Se autoriza a la Cooperativa Ltda. de Obras Sanitarias y
Servicios Anexos de Venado Tuerto, a efectuar descuentos por pago al
contado de la contribución de mejoras, en la medida que el monto no
modifique la cifra nominal por frentista, que ingresará al Municipio en
concepto de devolución de los anticipos por pago de "Contribución de
Mejoras".
Art. 2º.- Los intereses del anticipo apuntado en el Art. 1º.-,
redundará en beneficio de la Cooperativa de Obras Sanitarias, que
ingresará el dinero en forma anticipada, que le corresponde por
contribución de mejoras (40%) como el que debe devolver a la
Municipalidad (60%).
Art. 3º.- En los casos en que la suma recaudada supere la cifra que por
convenio debe garantizar la Cooperativa de Obras Sanitarias a la
Municipalidad, se le dará ingreso como anticipo a la Municipalidad, en
cuyo caso deberán descontarse los intereses correspondientes.
Art. 4º.- La totalidad del dinero que por pago anticipado ingrese a la
Cooperativa de Obras Sanitarias, se aplicará hasta completar la cifra
anticipada. En el caso de que la suma de los pagos anticipados superara
este monto, se aplicará el descuento que por intereses corresponda a
cada uno por el excedente.
Art. 5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS
Atento la propuesta de la Cooperativa Ltda. de Obras Sanitarias y
Servicios Anexos de Venado Tuerto, de efectuar una quita de un diez por
ciento (10%) por pago contado a los frentistas que soliciten cancelar
íntegramente los saldos de la "Contribución de Mejoras", el Concejo
Municipal ha analizado el planteo y consideró viable su aplicación.
Teniendo en cuenta que el anticipo de pago favorece a la Cooperativa de
Obras Sanitarias, el ingreso del monto anticipado se aplicará tanto al
importe que le corresponda como el valor que tiene que devolverse a la
Municipalidad.
En el supuesto caso de que la suma recaudada supere la cifra que por
convenio debe garantizar la Cooperativa de Obras Sanitarias, ingresará
a la Municipalidad un monto en concepto de anticipo, descontando los
intereses que correspondan a la Municipalidad, por ese anticipo.
A los fines de facilitar la ecuación económica, se sugiere ingresar la
cifra nominal convenida por contrato y aplicar una bonificación, la que
efectuará quien ingrese el dinero a su cuenta.
La totalidad del dinero ingresará a la Cooperativa de Obras Sanitarias
hasta completar la cifra anticipada, pero en caso de superarla
-circunstancia casi improbable- se acordará el descuento que por
intereses le corresponda a cada uno por el excedente.
Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de
Sesiones y en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la
presente Ordenanza Nº 3068/03, a los diecisiete días del mes de
septiembre del año dos mil tres.
Servicios Anexos de Venado Tuerto, a efectuar descuentos por pago al
contado de la contribución de mejoras, en la medida que el monto no
modifique la cifra nominal por frentista, que ingresará al Municipio en
concepto de devolución de los anticipos por pago de "Contribución de
Mejoras".
Art. 2º.- Los intereses del anticipo apuntado en el Art. 1º.-,
redundará en beneficio de la Cooperativa de Obras Sanitarias, que
ingresará el dinero en forma anticipada, que le corresponde por
contribución de mejoras (40%) como el que debe devolver a la
Municipalidad (60%).
Art. 3º.- En los casos en que la suma recaudada supere la cifra que por
convenio debe garantizar la Cooperativa de Obras Sanitarias a la
Municipalidad, se le dará ingreso como anticipo a la Municipalidad, en
cuyo caso deberán descontarse los intereses correspondientes.
Art. 4º.- La totalidad del dinero que por pago anticipado ingrese a la
Cooperativa de Obras Sanitarias, se aplicará hasta completar la cifra
anticipada. En el caso de que la suma de los pagos anticipados superara
este monto, se aplicará el descuento que por intereses corresponda a
cada uno por el excedente.
Art. 5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS
Atento la propuesta de la Cooperativa Ltda. de Obras Sanitarias y
Servicios Anexos de Venado Tuerto, de efectuar una quita de un diez por
ciento (10%) por pago contado a los frentistas que soliciten cancelar
íntegramente los saldos de la "Contribución de Mejoras", el Concejo
Municipal ha analizado el planteo y consideró viable su aplicación.
Teniendo en cuenta que el anticipo de pago favorece a la Cooperativa de
Obras Sanitarias, el ingreso del monto anticipado se aplicará tanto al
importe que le corresponda como el valor que tiene que devolverse a la
Municipalidad.
En el supuesto caso de que la suma recaudada supere la cifra que por
convenio debe garantizar la Cooperativa de Obras Sanitarias, ingresará
a la Municipalidad un monto en concepto de anticipo, descontando los
intereses que correspondan a la Municipalidad, por ese anticipo.
A los fines de facilitar la ecuación económica, se sugiere ingresar la
cifra nominal convenida por contrato y aplicar una bonificación, la que
efectuará quien ingrese el dinero a su cuenta.
La totalidad del dinero ingresará a la Cooperativa de Obras Sanitarias
hasta completar la cifra anticipada, pero en caso de superarla
-circunstancia casi improbable- se acordará el descuento que por
intereses le corresponda a cada uno por el excedente.
Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de
Sesiones y en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la
presente Ordenanza Nº 3068/03, a los diecisiete días del mes de
septiembre del año dos mil tres.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expte-3200-C-00
- Derogada: NO
- Vetada: NO