Ordenanza
Starter Section
Ordenanza Nº 3042/03 - PARTICIPAC. SOCIAL EN IMPACTO AMBIENTAL
FUNDAMENTOS:
La necesidad de seguir adoptando mecanismos orientados a la defensa y
preservación del ambiente, impone al Concejo Municipal el dictado
permanente de normas que impulsen y aseguren este cometido.
En este espacio existe una profusa legislación que a la par de dar
cuenta de esa preocupación, demuestra el acentuado interés en hacer que
la concientización de estos resguardos se corporice en la población y
modifique conductas agresoras que comprometen la salud y tranquilidad
de los vecinos.
Además de su directa responsabilidad en la adopción y ejercicio de esta
práctica, el Estado Municipal debe generar los ámbitos propicios para
estimular la participación ciudadana en un tema que está íntimamente
relacionado con su calidad de vida.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones sanciona la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Regúlase por la presente normativa el procedimiento tendiente
a lograr la participación social en la evaluación del impacto
ambiental.-
Art.2º.- El Municipio pondrá en conocimiento del Concejo Municipal,
todo emprendimiento público o privado que pudiere comprometer el
ambiente, con el objeto de contribuir a la evaluación del impacto sobre
el ambiente.-
Art.3º.- Iniciado el trámite, conforme a lo dispuesto en los artículos
anteriores, tomará intervención la Comisión de Control y Preservación
del Ambiente, quién podrá convocar a audiencias públicas con
participación del plan General.-
Art.4º.- El Municipio asegurará el derecho a la información de los
vecinos con relación a emprendimientos encuadrados en la presente
Ordenanza y poniendo a su disposición toda información existente sobre
el particular.-
Art.5º.- Previo a la realización de la obra, el Municipio favorecerá la
difusión pública de todas las instancias relacionadas con los trámites
precedentemente indicados y girará copia certificada de las actuaciones
a los funcionarios de otras jurisdicciones por considerar que les
corresponde intervenir, con el objeto de que aprecien en sus decisiones
las informaciones y opiniones recabadas por medio del presente
procedimiento.-
Art.6º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3042-03, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los Catorce días del mes de
mayo del año dos mil tres.-
La necesidad de seguir adoptando mecanismos orientados a la defensa y
preservación del ambiente, impone al Concejo Municipal el dictado
permanente de normas que impulsen y aseguren este cometido.
En este espacio existe una profusa legislación que a la par de dar
cuenta de esa preocupación, demuestra el acentuado interés en hacer que
la concientización de estos resguardos se corporice en la población y
modifique conductas agresoras que comprometen la salud y tranquilidad
de los vecinos.
Además de su directa responsabilidad en la adopción y ejercicio de esta
práctica, el Estado Municipal debe generar los ámbitos propicios para
estimular la participación ciudadana en un tema que está íntimamente
relacionado con su calidad de vida.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones sanciona la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Regúlase por la presente normativa el procedimiento tendiente
a lograr la participación social en la evaluación del impacto
ambiental.-
Art.2º.- El Municipio pondrá en conocimiento del Concejo Municipal,
todo emprendimiento público o privado que pudiere comprometer el
ambiente, con el objeto de contribuir a la evaluación del impacto sobre
el ambiente.-
Art.3º.- Iniciado el trámite, conforme a lo dispuesto en los artículos
anteriores, tomará intervención la Comisión de Control y Preservación
del Ambiente, quién podrá convocar a audiencias públicas con
participación del plan General.-
Art.4º.- El Municipio asegurará el derecho a la información de los
vecinos con relación a emprendimientos encuadrados en la presente
Ordenanza y poniendo a su disposición toda información existente sobre
el particular.-
Art.5º.- Previo a la realización de la obra, el Municipio favorecerá la
difusión pública de todas las instancias relacionadas con los trámites
precedentemente indicados y girará copia certificada de las actuaciones
a los funcionarios de otras jurisdicciones por considerar que les
corresponde intervenir, con el objeto de que aprecien en sus decisiones
las informaciones y opiniones recabadas por medio del presente
procedimiento.-
Art.6º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3042-03, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los Catorce días del mes de
mayo del año dos mil tres.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp. 3987-C-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO