Ordenanza
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Ordenanza Nº 2881/01 - TASA MANTENIMIENTO RED VIAL EN ZONAS ANEGADAS
FUNDAMENTOS:
Visto el Decreto Nº 2689 del Superior Gobierno de la Provincia de Santa
Fe de fecha 24 de septiembre de 2001, donde en su Art. 6º decreta al
Distrito Venado Tuerto como zona de emergencia agropecuaria desde el 01
de julio de 2001 al 31 de diciembre de 12001.-
Que en las áreas comprendidas en el distrito mencionado, a raíz de la
persistencia de condiciones climáticas adversas, caracterizadas por
copiosas lluvias ocurridas en muy breves lapsos, l situación actual
continúa siendo crítica para la producción agropecuaria.-
Que el ascenso de la napa freática, encharcamiento y anegamiento de las
explotaciones agropecuarias, ubicados en sectores circunscriptos en el
Distrito Venado Tuerto, conforman un panorama desolador.-
Que en numerosos lugares del Distrito, la red vial continúa siendo un
impedimento para lograr los trabajos del agro en tiempo y forma.-
Que el Municipio, a través de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos puede determinar mediante inspecciones en el lugar, las áreas
de los fundos particulares y determinar qué porcentaje de los mismos se
encuentran en dicha situación.-
Que dicha inspección ocular y constatación con la ficha catastral y el
plano de I.G.M. serán un reaseguro de la documentación presentada por
el contribuyente.-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Los contribuyentes de la TASA DE MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL,
cuyos predios contengan zonas anegadas o inundables, podrán solicitar a
la Municipalidad de Venado Tuerto, un descuento proporcional al área
afectada, para lo cual deberán presentarse ante la Secretaría de Obras
y Servicios Públicos, munidos de fotos satelitales, planos, fotografías
comunes y/o cualquier otra documentación que permita determinar la
superficie comprendida en inundable.-
Art.2º.- La Secretaría de Obras y Servicios Públicos procederá a
realizar una inspección ocular para verificar la veracidad de lo
manifestado por el contribuyente, y constatará a su vez la ficha
catastral del solicitante y el plano de niveles del I.G.M..-
Art.3º.- Una vez aprobada la superficie anegada, se remitirá la
documentación a la Dirección de Rentas Municipal que, a través de la
oficina de Red Vial, procederá a realizar el descuento correspondiente
en la Tasa, aplicando la siguiente fórmula:
AREA INUNDABLE X 100 = PORCENTAJE A DESCONTAR
SUPERFICIE TOTAL
Art.4º.- Tal descuento será aplicado desde el 31 de julio del año 2001
al 31 de diciembre del año 2001, pudiendo la Municipalidad de Venado
tuerto, a través de Decreto Reglamentario extender los plazos
correspondientes y aplicar descuentos venideros a través de
inspecciones previas por parte de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos.-
Art.5º.- Aquellos contribuyente que hayan abonado la segunda cuota de
la Tasa de Red Vial correspondiente al año 2001, podrán solicitar a la
Secretaría de Hacienda, un crédito para ser asignado a futuros pagos de
la mencionada Tasa, por los descuentos otorgados.-
Art.6º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 2881-01, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los trece días del mes de
noviembre del año dos mil uno.-
Visto el Decreto Nº 2689 del Superior Gobierno de la Provincia de Santa
Fe de fecha 24 de septiembre de 2001, donde en su Art. 6º decreta al
Distrito Venado Tuerto como zona de emergencia agropecuaria desde el 01
de julio de 2001 al 31 de diciembre de 12001.-
Que en las áreas comprendidas en el distrito mencionado, a raíz de la
persistencia de condiciones climáticas adversas, caracterizadas por
copiosas lluvias ocurridas en muy breves lapsos, l situación actual
continúa siendo crítica para la producción agropecuaria.-
Que el ascenso de la napa freática, encharcamiento y anegamiento de las
explotaciones agropecuarias, ubicados en sectores circunscriptos en el
Distrito Venado Tuerto, conforman un panorama desolador.-
Que en numerosos lugares del Distrito, la red vial continúa siendo un
impedimento para lograr los trabajos del agro en tiempo y forma.-
Que el Municipio, a través de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos puede determinar mediante inspecciones en el lugar, las áreas
de los fundos particulares y determinar qué porcentaje de los mismos se
encuentran en dicha situación.-
Que dicha inspección ocular y constatación con la ficha catastral y el
plano de I.G.M. serán un reaseguro de la documentación presentada por
el contribuyente.-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Los contribuyentes de la TASA DE MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL,
cuyos predios contengan zonas anegadas o inundables, podrán solicitar a
la Municipalidad de Venado Tuerto, un descuento proporcional al área
afectada, para lo cual deberán presentarse ante la Secretaría de Obras
y Servicios Públicos, munidos de fotos satelitales, planos, fotografías
comunes y/o cualquier otra documentación que permita determinar la
superficie comprendida en inundable.-
Art.2º.- La Secretaría de Obras y Servicios Públicos procederá a
realizar una inspección ocular para verificar la veracidad de lo
manifestado por el contribuyente, y constatará a su vez la ficha
catastral del solicitante y el plano de niveles del I.G.M..-
Art.3º.- Una vez aprobada la superficie anegada, se remitirá la
documentación a la Dirección de Rentas Municipal que, a través de la
oficina de Red Vial, procederá a realizar el descuento correspondiente
en la Tasa, aplicando la siguiente fórmula:
AREA INUNDABLE X 100 = PORCENTAJE A DESCONTAR
SUPERFICIE TOTAL
Art.4º.- Tal descuento será aplicado desde el 31 de julio del año 2001
al 31 de diciembre del año 2001, pudiendo la Municipalidad de Venado
tuerto, a través de Decreto Reglamentario extender los plazos
correspondientes y aplicar descuentos venideros a través de
inspecciones previas por parte de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos.-
Art.5º.- Aquellos contribuyente que hayan abonado la segunda cuota de
la Tasa de Red Vial correspondiente al año 2001, podrán solicitar a la
Secretaría de Hacienda, un crédito para ser asignado a futuros pagos de
la mencionada Tasa, por los descuentos otorgados.-
Art.6º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 2881-01, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los trece días del mes de
noviembre del año dos mil uno.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp. 3692-I-01
- Derogada: NO
- Vetada: NO