Ordenanza
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Ordenanza Nº 2776/00 - REGISTRO DE NOMBRES PARA CALLES Y ESPACIOS PUBLICOS
Art.1º-Créase el REGISTRO DE NOMBRES PARA CALLES Y ESPACIOS PÚBLICOS EN
EL DISTRITO Venado Tuerto, el cual se regirá por las disposiciones de
la presente ordenanza.
Art.2º-Cualquier habitante de la Ciudad de Venado Tuerto, por si o
contando con el aval de una institución de bien público del distrito,
podrá proponer ante el Concejo Municipal el nombre de una calle o
espacio público, con el que podrá recordarse una persona, fecha que
describa algún hecho y/o acontecimiento relevante para la memoria
colectiva.
Art.3º-El solicitante presentará una fórmula que proveerá el Concejo
Municipal donde constarán los datos personales del solicitante, las
prescripciones de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756 sobre el
particular, como también los antecedentes y fuentes documentales que la
Comisión Municipal de Nomenclatura tendrá en cuenta para elaborar sus
dictámenes. Estos deberán hacer referencia a los antecedentes antes
indicados.
Art.4º-Subsisten las disposiciones de la Ordenanza Nº 1640/86.
Art.5º-La Secretaría del Concejo Municipal distribuirá entre las
instituciones de bien público de la ciudad las respectivas fórmulas con
el fin de incentivar las propuestas.
Art.6º-Comuníquese, publíquese y archívese
FUNDAMENTOS:
· Visto la vigencia de la Ordenanza Nº 1640/86 Creadora de la Comisión
Municipal de Nomenclatura.
· Y considerando la importante tarea que llevan a cabo los integrantes
de la citada Comisión en pos de brindar a la ciudad adecuadas
denominaciones a sus arterias y paseos públicos, respetando
principalmente el acervo histórico-cultural local y regional, sin
menospreciar obviamente los valores nacionales y/o provinciales.
· Que tal labor ha de ser necesariamente facilitada, mediante la
incorporación de elementos que provean a una mayor sistematización de
datos, referencias y sugerencias que pudieren aportarse, tanto desde su
propio ámbito, como el de cualquier integrante de la comunidad, ya sean
particulares o entidades intermedias. A su vez, propendemos a
incentivar la participación de los ciudadanos en la materia.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº2776/00, a los dos días del mes de
agosto del año dos mil.
EL DISTRITO Venado Tuerto, el cual se regirá por las disposiciones de
la presente ordenanza.
Art.2º-Cualquier habitante de la Ciudad de Venado Tuerto, por si o
contando con el aval de una institución de bien público del distrito,
podrá proponer ante el Concejo Municipal el nombre de una calle o
espacio público, con el que podrá recordarse una persona, fecha que
describa algún hecho y/o acontecimiento relevante para la memoria
colectiva.
Art.3º-El solicitante presentará una fórmula que proveerá el Concejo
Municipal donde constarán los datos personales del solicitante, las
prescripciones de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756 sobre el
particular, como también los antecedentes y fuentes documentales que la
Comisión Municipal de Nomenclatura tendrá en cuenta para elaborar sus
dictámenes. Estos deberán hacer referencia a los antecedentes antes
indicados.
Art.4º-Subsisten las disposiciones de la Ordenanza Nº 1640/86.
Art.5º-La Secretaría del Concejo Municipal distribuirá entre las
instituciones de bien público de la ciudad las respectivas fórmulas con
el fin de incentivar las propuestas.
Art.6º-Comuníquese, publíquese y archívese
FUNDAMENTOS:
· Visto la vigencia de la Ordenanza Nº 1640/86 Creadora de la Comisión
Municipal de Nomenclatura.
· Y considerando la importante tarea que llevan a cabo los integrantes
de la citada Comisión en pos de brindar a la ciudad adecuadas
denominaciones a sus arterias y paseos públicos, respetando
principalmente el acervo histórico-cultural local y regional, sin
menospreciar obviamente los valores nacionales y/o provinciales.
· Que tal labor ha de ser necesariamente facilitada, mediante la
incorporación de elementos que provean a una mayor sistematización de
datos, referencias y sugerencias que pudieren aportarse, tanto desde su
propio ámbito, como el de cualquier integrante de la comunidad, ya sean
particulares o entidades intermedias. A su vez, propendemos a
incentivar la participación de los ciudadanos en la materia.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº2776/00, a los dos días del mes de
agosto del año dos mil.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp-3208-C-00
- Derogada: NO
- Vetada: NO