Ordenanza
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Ordenanza Nº 2736/00 - MODIFICACION.2735-00 PROHIBICION VTA. BEBIDAS ALCOHOLICAS
Art. 1º.- Derógase el Art. 3º de la Ordenanza Nº 2735/00.-
Art. 2º.- Inclúyase en el régimen establecido en el Art. 1º) de la
Ordenanza Nº 2735/00, a las estaciones de servicio y/o los locales
comerciales que funcionen en la misma.-
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Fundamentos
· En oportunidad de sancionarse la Ordenanza Nº 2735/00, quedó
establecido que la normativa estaba sujeta a modificaciones en caso de
inconvenientes que obstaculizaran y/o complicaran su aplicación.
· Efectivamente, al momento de ponerse en ejecución esta normativa,
surgieron inconvenientes con aquellos negocios que comercializan
bebidas alcohólicas en locales comerciales instalados en estaciones de
servicio.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº 2736/00, a los quince días del mes
de marzo del año dos mil.
Art. 2º.- Inclúyase en el régimen establecido en el Art. 1º) de la
Ordenanza Nº 2735/00, a las estaciones de servicio y/o los locales
comerciales que funcionen en la misma.-
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Fundamentos
· En oportunidad de sancionarse la Ordenanza Nº 2735/00, quedó
establecido que la normativa estaba sujeta a modificaciones en caso de
inconvenientes que obstaculizaran y/o complicaran su aplicación.
· Efectivamente, al momento de ponerse en ejecución esta normativa,
surgieron inconvenientes con aquellos negocios que comercializan
bebidas alcohólicas en locales comerciales instalados en estaciones de
servicio.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº 2736/00, a los quince días del mes
de marzo del año dos mil.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expte-2422-I-97
- Derogada: NO
- Vetada: NO